AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Nº
DM-FP-4014-12
Y
En uso de las atribuciones que les confieren
los artículos 146 de
Considerando:
1º—Que los días 7 y 8 de marzo del 2013,
2º—Que dicha actividad tiene por objetivo una
mejor calidad de vida de la mano con los principios éticos, beneficiando con
ello la colectividad costarricense.
3º—Que
ACUERDAN:
DECLARATORIA
DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL
EL V CONGRESO
CENTROAMERICANO
DE BIOÉTICA
Artículo 1º—Se declara de interés público y
nacional, el “V Congreso Centroamericano de Bioética”, a celebrarse en nuestro
país los días 7 y 8 de marzo del 2013.
Artículo 2º—Las dependencias del Sector
Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán
contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin
perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa
realización de las actividades indicadas.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, Ministra de Salud.—1 vez.—(IN2013004436).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de
Artículo 01: Noroeste, en la vía vecinal hasta
la quebrada de la entrada a Laberinto; en ruta nacional 160, hasta la cuesta de
la ensenada (Camino a Río Grande), suroeste, hasta la entrada de
Dicha reforma es visible a folio 598 del tomo
VIII del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en
el Departamento de Registro de
En cumplimiento de lo establecido en los
artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a
San José, a las doce horas del día veintidós de enero del 2013.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa Departamento de Registro.—1 vez.—RP2013336070.—(IN2013004348).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 15, Título
N° 33, emitido por el CINDEA-Abangares, en el año dos mil nueve, a nombre de
Martínez Cordero Mayron Arturo. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 13, Asiento 18,
Título N° 24, emitido por el Centro Integral de Educación para Jóvenes y
Adultos-Las Juntas de Abangares, en el año dos mil ocho, a nombre de Morún
Medina Alonso. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 65, Título N° 1397,
emitido por el Colegio María Inmaculada de Moravia, en el año dos mil cinco, a
nombre de Rivera Céspedes Alberto José. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 240, título N° 1804,
emitido por el Liceo de Esparza, en el año dos mil cinco, a nombre de Chacón
Lizano Juan Pablo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 2, asiento 23, título N° 6, emitido por el Liceo de Chacarita,
en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Dávila Jiménez Nancy
Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 62, título N° 71,
emitido por el Centro Educativo Graymar, en el año dos mil siete, a nombre de
Bejarano Fernández Alex David. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 132, asiento N° 18,
Título N° 466, emitido por el Colegio Académico Nocturno de Buenos Aires, en el
año dos mil cinco, a nombre de Villanueva Vargas Stephanie. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
Ante
este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Ciencias, inscrito en el tomo 2, folio 22, título N° 267, emitido
por el Liceo de Costa Rica Nocturno, en el año mil novecientos setenta y dos, a
nombre de Méndez Ortega Ángela María. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 95, título N° 1178,
emitido por el Colegio Nuestra Señora, Desamparados, en el año dos mil dos, a
nombre de Hernández Elizondo Silvia Priscilla. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 04, título N° 02,
emitido por el Liceo de Higuito, en el año dos mil nueve, a nombre de Gómez
Mailloux Manfred. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 48, título N° 314,
emitido por el Colegio de Santa Ana, en el año mil novecientos noventa y seis,
a nombre de Badilla Ramírez Blanca Rosa. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 1, asiento Nº 2,
emitido por el Liceo Académico de Sixaola, en el año dos mil, a nombre de Rojas
Arauz Yanci Patricia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad
de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 286, título Nº 866, emitido
por el Liceo Ingeniero Manuel Benavides Rodríguez, en el año mil novecientos
ochenta y siete, a nombre de Aguilar Sánchez Adriana María. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, asiento Nº 28,
título N° 124, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Abangares, en el
año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Aparicio Chavarría Charles
David. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 26, título N° 1152, emitido
por el Liceo San José de Alajuela, en el año dos mil siete, a nombre de Soto
Garita María José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Área de Ciencias, inscrito
en el tomo 1, folio 13, título N° 94, emitido por el Liceo Nocturno Pacífico
Sur, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Fernández Gómez
Luis Enrique. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo II, folio 79, título Nº 1941, y del Título de Técnico Medio, inscrito
en el tomo I, folio 196, título N° 2636, ambos títulos fueron emitidos por el
Colegio Técnico Profesional San Isidro Daniel Flores, en el año dos mil once, a
nombre de Rojas Segura Moisés Steven. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 125,
título N° 1179, emitido por el Liceo San Rafael de Alajuela, en el año dos mil
cinco, a nombre de Avendaño Huete Tania María. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre,
cuyos nombres y apellidos correctos son: Avendaño Huete Tania Marina. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento, se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el
tomo 1, folio 104, título N° 3253, emitido por el Instituto de Alajuela, en el
año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Madrigal Solano José Carlos.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo
Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada Cooperativa de Desarrollo y Comercialización de Servicios Profesión
Ales en Formación, Educación, Capacitación, Consultoría y Asesoría Integral y
de Servicios Múltiples de
|
PRESIDENTE |
LUIS YANAN COREA TORRES |
|
VICEPRESIDENTE |
RODOLFO CARLOS LÓPEZ OBREGÓN |
|
SECRETARIA |
ANA GILMA GUEVARA BELLO |
|
VOCAL 1 |
LESBIA AUXILIADORA PÉREZ NOGUERA |
|
VOCAL 2 |
JOSÉ LEONIDAS VARGAS ROCHA |
|
SUPLENTE 1 |
AURA YAMILETH LÓPEZ OBREGÓN |
|
SUPLENTE 2 |
JAVIER CHAMORRO CASTILLO |
|
GERENTE |
RIGOBERTO SÁNCHEZ BOLAÑOS |
San José, 15 de enero del 2013.—Lic. José
Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2013003367).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por
la señora Ministra de Trabajo y Seguridad, este Registro ha procedido a la
inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización
social denominada: Asociación Nacional de Profesionales en Enfermería, siglas
ANPE, acordada en asamblea celebrada el 13 de agosto del 2012. E-4. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Para ver las marcas de Fábrica solo en
Cambio
de Nombre Nº 80705
Que
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de apoderada
especial de Ahava-Dead Sea Laboratories Ltd., solicita a este Registro se anote
la inscripción de Cambio de Nombre de Dead Sea Laboratories Ltd. por el de
Ahava-Dead Sea Laboratories Ltd., presentada el día 21 de septiembre de 2012
bajo expediente 80705. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-8080603 Registro Nº 80806 AHAVA en clase 3 Marca Denominativa.
Publicar en
Marcas
de Ganado
Nº 2012-1731.—Jimmy Mendoza Guevara, cédula
de identidad 0502910473, solicita el registro de:
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará preferentemente
en Guanacaste, Carrillo, Belén, Santa Ana de Belén, finca El Guacal
Nº 2012-1957.—Juan Hugo Jiménez Salazar,
cédula de identidad 0900440260, solicita el registro de:
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Santa Cruz, San Pedro, de la plaza
Nº 2012-1806.—Wálter Alpízar Alfaro, cédula
de identidad 0203020754, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de
suma de Hacienda Balsa de San Ramón Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-233449, solicita el registro de:
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Alajuela, San Ramón,
Javier Asdrúbal Torres Ortiz, cédula de
identidad 0204400102, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, Upala, San Jorge, Yolillal,
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez,
cédula 1-812-604, mayor de edad, abogada, vecina de San José, apoderada
especial de Bayer Cropscience AG, de Alemania, solicita
El señor Jorge Tristan Trelles, céd.
1-392-470, en condición de apoderado de Takeda Pharmaceutical Company Limited,
de Japón, solicita
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor,
abogado, cédula N° 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Sanofi, de Francia, solicita
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a compuestos que
responden a la fórmula (I): en la que R2 y R3 forman conjuntamente, con los
átomos de carbono del núcleo fenilo al que están unidos, un heterociclo
nitrogenado de 6 eslabones que responde a una de las fórmulas (A), (B) o (C)
siguientes: en las que los trazos ondulados representan el núcleo fenilo al que
están unidos R2 y R3. Procedimiento de preparación y aplicación en terapéutica.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N°
1-335-794, en condición de apoderado de Sanofi, de Francia, solicita
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a los derivados de
carbamatos de hexafluoroisopropilo, de fórmula general (I): en donde R, Z, A, m
y n son como se definen en la memoria descriptiva, en forma de la base o de una
sal de adición con un ácido. Los compuestos se pueden usar como inhibidores de
la enzima MGL (monoacil glicerol lipasa). La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N°
1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de
Sanofi, de Francia, solicita
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a compuestos que responden
a la fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N°
1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de
Syngenta Participations AG, de Suiza, solicita
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor,
abogado, cédula N° 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Glycart Biotechnology AG, de Suiza, solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, en condición de apoderado
de Gilead Pharmasset LLC, de E.U.A., solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula N° 1-335-794, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Gilead Pharmasset LLC, de
E.U.A., solicita
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de
San José, abogado, apoderado especial de Les Laboratoires Servier, de Francia,
solicita el Modelo de Utilidad denominada: UTILIZACIÓN DE
La señora Marianella Arias Chacón, cédula N° 1-679-960, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Terumo Kabushiki Kaisha, de Japón, solicita el Diseño Industrial denominado: CONTENEDOR JERINGA MÉDICA.
Para ver imagen solo en
Este
artículo es utilizado para transportar una pluralidad de jeringas médicas. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora Marianella Arias Chacón, mayor,
abogada, cédula N° 1-679-960, vecina de San José, en su condición de apoderada
especial de Terumo Kabushiki Kaisha, de Japón, solicita el Diseño Industrial
denominado: CONTENEDOR JERINGA MÉDICA.
Para ver imagen solo en
El artículo es una jeringa médica que tiene
un miembro, el cual es utilizado para tener una pluralidad de jeringas médicas.
Esta pluralidad de jeringas médicas pueden ser insertadas en los huecos
cilíndricos, y las jeringas son llevadas mientras que el miembro que lleva está
en una posición vertical. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, mayor, abogado, cédula N°
1-833-413, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Conair
Corporation, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominado SECADOR DE
CABELLO.
Para ver imagen solo en
El presente diseño industrial se caracteriza
y distingue por el aspecto original y ornamental que presenta, según se
evidencia de las láminas de dibujos adjuntas. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que el Licenciado Víctor Vargas Valenzuela en calidad de apoderado
especial de Schering Corporation sociedad organizada y existente bajo las leyes
de Estados Unidos de América, solicita a este Registro se inscriba el traspaso
por cesión de Merck, Sharp & Dohme Corp, compañía titular de la concesión
de
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Se
hace saber que
Exp. N° 2011-0268.—Se hace saber que la
licenciada María de
Exp.
N° 2011-0058.—El Registro de
Exp.
N° 2011-0085.—El Registro de
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
AVISOS
El
Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Comunidad
Cristiana Faro de Esperanza, con domicilio en la provincia de Cartago,
El
Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción,
el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Pequeños Agricultores
Unidos por el Progreso de Las Vegas de Parrita, provincia de Puntarenas. Con
domicilio en la provincia de Puntarenas, Las Vegas de Parrita, en el salón
comunal. Cuyos fin primordial es: defender los intereses de la comunidad
agrícola de Las Vegas de Parrita. Su presidente Teófilo Vargas León es el
representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma y con las demás limitaciones que indica el estatuto. El
vicepresidente sustituirá a la presidente en sus ausencias temporales con
iguales obligaciones y atribuciones que esta cuando lo sustituye. Por
encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-205851, denominación: Asociación Administradora Acueducto de
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
Hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial del Licenciado Daniel José Umaña Calderón, cédula de identidad número 1-1272-0716, carné de abogado número 20001. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Exp. N° 12-002487-624-NO.—San José, 23 de enero del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013004905).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRANSPORTE Y
COMERCIALIZACIÓN
DE COMBUSTIBLES
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
N° 0001-2013-DGTCC.—San José, a los
veintisiete días del mes de agosto del dos mil trece, se tiene por presentada
la solicitud por parte del señor Fernando Maroto Alvarado, cédula de identidad
número 3-233-364, en su condición de representante legal de la sociedad Grupo
Agroindustrial Numar Sociedad Anónima, en la que solicita cambio de titular del
tanque de autoconsumo, ubicado en el distrito Hospital, cantón San José,
provincia de San José, expediente administrativo TA-477, en razón de la fusión
de laS empresas Compañía Numar S. A., Mercadeo Unido S. A. y Compañía
Generadora Dos Mil Dos S. A. con la empresa denominada Grupo Agroindustrial
Numar Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última, según consta en los
documentos aportados al expediente. Lo anterior para que de ahora en adelante,
se proceda al cambio de titular a nombre de la sociedad Grupo Agroindustrial
Numar Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-173639.
Con fundamento en el Decreto Ejecutivo 30131-MINAE-S, artículo 79, se
otorga un plazo de quince días hábiles a partir de la publicación del presente
edicto, en el Diario Oficial
Registro
Civil -Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Xiomara del Carmen Acevedo Reyes, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1139-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veintitrés minutos del veintiséis de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 50769-2011. Resultando 1°..., 2°..., 3°..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yoilin Abigail Acevedo Martínez...; en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Xiomara del Carmen” y “Reyes” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013003827).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Beda del Socorro Rivas Rivas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1881-2007. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del veintinueve de junio del dos mil siete. Exp. N° 23714-2006. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:...; III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Denis Daniel López Rivas... en el sentido que el nombre de la madre es “Beda del Socorro” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—RP2013335895.—(IN2013003945).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Juan Manuel Medina Amador, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 4412-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta y cuatro minutos del tres de diciembre de dos mil doce. Exp. N° 38074-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Juan Manuel Medina Amador, en el sentido que el segundo apellido del padre... es “Barón”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013335896.—(IN2013003946).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Miriam Gloria Tejeira Ortega, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3961-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas seis minutos del seis de noviembre del dos mil doce. Exp. N° 33291-2012. Resultando: 1°—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de defunción de Vinda Clarivel Tejeira Ortega..., en el sentido que el nombre de la misma... es “Linda Clarivel” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013335985.—(IN2013003947).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de
naturalización
Erodita del Carmen
Ramos Ramos conocida como Erodita Sequeira Ramos, mayor, soltera, del hogar,
nicaragüense, cédula de residencia 155815599833, vecina de Limón, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Jamilton Alexander Talavera Pérez, mayor, soltero, vendedor y
demostrador, nicaragüense, cédula de residencia 155802701629, vecino de San
José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Ana
Patricia Niño Villamizar, mayor, divorciada, comerciante, colombiana, cédula de
residencia 117000521520, vecina de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Luis
Alberto Niño Ramírez, mayor, casado, empresario, colombiano, cédula de
residencia 117000430836, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante
Eddy Javier Ponce Cerdas, mayor, soltero,
asesor de negocios, nicaragüense, cédula de residencia 155810389313, vecino de
San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES
El Departamento de Proveeduría les informa a
los interesados que a partir de esta fecha se encuentra en el portal
legislativo www.asamblea.go.cr, disponible la publicación del Plan Anual de
Adquisiciones para el 2013.
San José, 30 de enero del 2013.—Lic. Melvin Laines Castro, MBA Director.—1 vez.—O. C. Nº 23004.—Solicitud Nº 101-00213-A.—C-5640.—(IN2013007105).
GERENCIA
DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN
ADMINISTRACIÓN
DE PROYETOS
ESPECIALES
PROGRAMA
ANUAL DE ADQUISICIONES 2013
San José, 01 de febrero del 2013.—Licda. Helen Noelia Godfrey Leal, Jefa.—1 vez.—(IN2013007082).
MUNICIPALIDAD
DE CARTAGO
PROGRAMA
DE COMPRAS DE BIENES Y SERVICIOS
PARA EL PERIODO
2013
De
conformidad con lo que establece el artículo 6º de
|
Objeto del gasto |
Monto en colones |
|
SERVICIOS |
|
|
ALQUILERES |
|
|
Alquiler de edificios, locales y terrenos |
2.000.000,00 |
|
Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario |
187.600.000,00 |
|
Alquiler y derechos para telecomunicaciones |
1.500.000,00 |
|
Otros alquileres |
700.000,00 |
|
|
|
|
SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS |
|
|
Información |
25.650.000,00 |
|
Publicidad y propaganda |
47.950.000,00 |
|
Impresión, encuadernación y otros |
34.300.000,00 |
|
Servicios de transferencia electrónica de información |
6.500.000,00 |
|
|
|
|
SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO |
|
|
Servicios médicos y de laboratorio |
21.000.000,00 |
|
Servicios jurídicos |
36.000.000,00 |
|
Servicios de ingeniería |
179.326.600,00 |
|
Servicios en ciencias económicas y sociales |
206.500.000,00 |
|
Servicio de desarrollo de sistemas informáticos |
155.061.466,25 |
|
Servicios generales |
329.935.000,00 |
|
Otros servicios de gestión y apoyo |
571.039.749,25 |
|
|
|
|
GASTOS DE VIAJE Y TRANSPORTE |
|
|
Transporte dentro del país |
3.325.000,00 |
|
Transporte en el exterior |
3.500.000,00 |
|
Viáticos en el exterior |
3.500.000,00 |
|
|
|
|
CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO |
|
|
Actividades de capacitación |
36.950.000,00 |
|
Actividades protocolarias y sociales |
43.900.000,00 |
|
Gastos de representación institucional |
3.300.000,00 |
|
|
|
|
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN |
|
|
Mantenimiento de edificios y locales |
55.570.955,12 |
|
Mantenimiento de vías de comunicación |
20.787.800,00 |
|
Mantenimiento de instalaciones y otras obras |
111.000.000,00 |
|
Mantenimiento y
reparación de maquinaria y equipo de producción |
30.500.000,00 |
|
Mantenimiento y reparación de equipo de transporte |
77.500.000,00 |
|
Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación |
10.450.000,00 |
|
Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina |
6.300.000,00 |
|
Mantenimiento y reparación
de equipo de cómputo y sistemas de información |
25.950.000,00 |
|
Mantenimiento y reparación de otros equipos |
6.700.000,00 |
|
|
|
|
MATERIALES Y SUMINISTROS |
|
|
PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS |
|
|
Combustible y lubricantes |
181.625.000,00 |
|
Productos farmacéuticos y medicinales |
7.160.000,00 |
|
Tintes, pinturas y diluyentes |
38.225.000,00 |
|
Otros productos químicos |
1.850.000,00 |
|
Productos pecuarios y otras especies |
500.000,00 |
|
Productos agroforestales |
5.800.000,00 |
|
Alimentos y bebidas |
3.050.000,00 |
|
Alimento para animales |
400.000,00 |
|
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN |
|
|
Materiales y productos metálicos |
55.625.000,00 |
|
Materiales y productos minerales y asfalticos |
487.050.000,00 |
|
Madera y sus derivados |
14.400.000,00 |
|
Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo |
14.523.555,92 |
|
Materiales y productos de vidrio |
2.700.000,00 |
|
Materiales y productos de plástico |
35.400.000,00 |
|
Otros materiales y productos de uso en la construcción |
4.425.000,00 |
|
|
|
|
HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS |
|
|
Herramientas e instrumentos |
12.110.000,00 |
|
Repuestos y accesorios |
119.200.000,00 |
|
|
|
|
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS |
|
|
Útiles y materiales de oficina y cómputo |
11.050.000,00 |
|
Útiles y materiales médico, hospitalario y de investigación |
6.425.000,00 |
|
Productos de papel, cartón e impresos |
27.625.000,00 |
|
Textiles y vestuario |
62.330.500,00 |
|
Útiles y materiales de limpieza |
17.475.000,00 |
|
Útiles y materiales de resguardo y seguridad |
9.620.000,00 |
|
Útiles y materiales de cocina y comedor |
19.500.000,00 |
|
Otros útiles, materiales y suministros |
3.795.000,00 |
|
|
|
|
BIENES DURADEROS |
|
|
|
|
|
MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO |
|
|
Maquinaria y equipo para producción |
40.650.000,00 |
|
Equipo de transporte |
34.500.000,00 |
|
Equipo de comunicación |
35.400.000,00 |
|
Equipo y mobiliario de oficina |
36.310.000,00 |
|
Equipo y programas de cómputo |
221.894.800,00 |
|
Equipo sanitario, de laboratorio e investigación |
3.000.000,00 |
|
Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo |
17.325.000,00 |
|
Maquinaria y equipo diverso |
82.100.000,00 |
|
|
|
|
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS |
|
|
Edificios |
|
|
Mejoras del mercado de víveres municipal de Cartago |
82.668.116,67 |
|
Construcción y mejoras de locales para unidades policiales distritales en el Cantón |
15.000.000,00 |
|
Construcción de un edificio para Centro de Cuido y Desarrollo Infantil CECUDI en Llano Grande |
160.000.000,00 |
|
Mantenimiento y conservación de edificios declarados Patrimonio Cultural |
40.000.000,00 |
|
Construcción de un edificio para Centro de Cuido y Desarrollo Infantil CECUDI en Guadalupe |
160.000.000,00 |
|
Construcción de
Salón Comunal y Centro Diurno Adulto Mayor en |
100.000.000,00 |
|
|
|
|
VIAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE (SEGUNDA ETAPA) DISTRITO SAN FRANCISCO |
|
|
Rehabilitación red vial El Guayabal |
65.548.968,00 |
|
Mejoramiento y
rehabilitación de calle |
79.019.992,05 |
|
Reparación y mantenimiento de puente de Quircot, sobre el Río Taras, Distrito San Nicolás |
25.000.000,00 |
|
Reparación y mantenimiento de puente de Dulce Nombre, sobre el Río Toyogres |
25.000.000,00 |
|
Reparación y mantenimiento de puente de San Agustín, sobre el Río Toyogres |
20.000.000,00 |
|
Rehabilitación y mejoramiento de Calle Los Cerrillos, distrito Dulce Nombre |
75.000.000,00 |
|
|
|
|
INSTALACIONES |
|
|
Construcción de
paso cubierto en |
3.000.000,00 |
|
Reparación de tanque Cola ,Vázquez de Coronado y otros |
75.000.000,00 |
|
Reparación de los pasos elevados de la tubería de conducción de Río Loro, Paso Ancho y Lankaster |
35.000.000,00 |
|
Mejoras en el Parque Ambiental Río Loro |
10.000.000,00 |
|
Construcción de parqueaderos para bicicletas en ciclovía urbana |
50.000.000,00 |
El inicio de los procedimientos de
contratación se llevarán a cabo durante el I, II y III Trimestre del 2013.
Fuente de financiamiento: Recursos propios y
Ley 8114.
Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—(IN2013006916).
DIRECCIÓN DE
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2013LN-000001-32600
Arrendamiento
de microcomputadores
de escritorio tipo desktop y portátiles
San José, 01 de febrero del 2013.—M.Sc. Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 17613.—Solicitud Nº 112-300-00046.—C-6580.—(IN2013007096).
MUNICIPALIDAD
DE ABANGARES
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000001-01
Servicio
de tratamiento y disposición final de desechos sólidos
Por este medio nos permitimos comunicarles a
todos los interesados, que la oficina de
Jorge Edo. Calvo Calvo, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2013006882).
INSTITUTO
COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2012LA-000042-01 (Acto final)
Objeto
de contrato: consultoría externa para analizar
liquidación
presentada por
del evento de
inauguración del Estadio Nacional
Se les comunica a los interesados en este
concurso que el mismo ha sido declarado infructuoso.
San José, 28 de enero del 2013.—Lic. Eduardo Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2013006920).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
LICITACIÓN
PÚBLICA 2010LN-000016-1142
Hemogramas,
pruebas para determinación
en
forma automatizada
Los ítems uno, dos y tres de este concurso se adjudicaron a la empresa
Capris S. A.; de la siguiente forma:
Cantidad
proyectada abastecer aproximadamente 48 meses.
Modalidad:
entregas según demanda
|
Ítem |
Cantidad
proyectada abastecer aproximadamente 48 meses |
Objeto contractual |
Precio unitario |
|
01 Oferta Base |
4.000.000 UD |
Hemogramas
pruebas para determinación en forma automatizada, Grupo Nº 1, Código 2-88-44-0500 |
$0,46 |
|
02 Oferta Base |
3.700.000 UD |
Hemogramas
pruebas para determinación en forma automatizada, Grupo Nº 2, Código 2-88-44-0510 |
$0,44 |
|
03 Oferta Base |
10.700.000 UD |
Hemogramas pruebas
para determinación en forma automatizada, Grupo Nº 3, Código 2-88-44-0520 |
$0,66 |
Vea detalles y mayor información en
San José, 04 de febrero del 2013.—Subárea de Adjudicaciones.—Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.—Lic. Víctor Solano Vega, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 37184.—C-24620.—(IN2013006909).
VENTA
2013VE-000001-ODM
Venta
de tres vehículos de
El Departamento de Proveeduría del Banco
Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas, por escrito y en sobre cerrado,
hasta las 10:00 horas del día 18 de febrero del 2013, según reloj marcador del
Departamento de Proveeduría, para la venta de tres vehículos de
Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de
Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenidas central y primera,
calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a. m a 4:00
p. m.
El cartel estará disponible en forma gratuita, en la siguiente
dirección electrónica a partir del día hábil siguiente a la fecha de su
publicación: http://www.bccr.fi.cr/contrataciones/
Quienes deseen participar y que adquieran el
cartel por este medio deberán consignar la información que se solicita al
accesar el cartel; el incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no
comunicación de posibles Fe de Erratas y/o avisos que se puedan generar en el
concurso.
San José, 31 de enero del 2013.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(IN2013007070).
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
De conformidad con el artículo 108 de
Así mismo se solicita a los proveedores que para el 2013 todo trámite
de pago deberá aportar una impresión de la entidad bancaria respectiva que
indique el número de Cuenta Cliente con una nota en la que señalen expresamente
que es en esa cuenta cliente donde corresponderá realizar los pagos
correspondientes, así como los respectivos cambios.
La vigencia en el Registro de Proveedores es de veinticuatro meses.
Para cualquier información adicional pueden comunicarse a través del Centro de
Dudas de nuestra página web o a los teléfonos 2243-2478 ó
2243-2565.
San José 30 de enero del 2013.—Lic. Melvin Laines Castro, MBA Director.—1 vez.—O. C. Nº 23004.—Solicitud Nº 101-00313-A.—C-11300.—(IN2013007107).
MUNICIPALIDAD
DE TARRAZÚ
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Flor Ma. Hernández Camacho, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2013004147).
INSTITUTO
COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y
CONCURSO:
CONCESIÓN N° 01-2012
Objeto:
espacios para uso y explotación de ventas en el
Parque
Metropolitano
Se le comunica a los interesados en este
concurso que en la publicación de
San José, 29 de enero del 2013.—Lic. Eduardo Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2013006921).
PROCESO
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2012LN-000040-PCAD
(Enmienda N° 1)
Contratación
de peritos externos
Se les comunica a todos los interesados en
este concurso que el documento que contiene
San José, 04 de febrero del 2013.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013007086).
HOSPITAL
MÉXICO
2013LN-000002-2104
(Prórroga)
Docetaxel
80 mg
Servicio
solicitante: Farmacia,
Aviso Nº 01
Por medio de la presente les informamos a los
interesados en el concurso antes mencionado, que se prorroga la fecha de
recepción de ofertas para el martes 19 de febrero del
Lo anterior debido a que se recibió una objeción al cartel la cual aún
no se tiene la resolución respectiva. En caso de que hubiera modificaciones al
cartel se notificará oportunamente.
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Carmen Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2013007087).
MUNICIPALIDAD
DE TARRAZÚ
El Concejo Municipal de Tarrazú en su acuerdo
Nº 05, tomado en la sesión ordinaria Nº 133-2012, celebrada el 14 de noviembre
del 2012, publica la siguiente consulta del Proyecto de Reglamento a
REGLAMENTO
DE
BEBIDAS CON
CONTENIDO ALCOHÓLICO
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Objeto. El objeto de este
Reglamento es regular la aplicación de
Artículo 2º—Definiciones. Para efectos de este reglamento, se
entenderá por:
a. Municipalidad:
Municipalidad del Cantón de Tarrazú.
b. Permiso de funcionamiento: Autorización que conforme a las
regulaciones aplicables deben obtener los interesados ante organismos estatales
de previo al ejercicio de ciertas actividades.
c. Ley:
d. Bebidas con contenido alcohólico: Son los productos que
contienen alcohol etílico en solución y que son aptos para el consumo humano,
provenientes de la fermentación, destilación, preparación o mezcla de productos
alcohólicos de origen vegetal, trátese de cervezas, vinos y licores y de todo
producto considerado como tal de conformidad con las disposiciones legales y
reglamentarias. No se incluyen dentro de esta normativa las preparaciones
farmacéuticas, perfumes, jarabes y los demás productos industriales no
atinentes a la industria licorera.
e. Licencias: Las licencias de expendio de bebidas con
contenido alcohólico, según lo establece el párrafo primero del artículo 3° de
f. Salones de baile, discotecas: Negocio comercial cuya
actividad principal y permanente, es la realización de actividades bailables de
acceso público con música de cabina o presentación de orquestas, disco-móviles,
conjuntos o grupos musicales.
g. Música de cabina: Espectáculo público en el cual un DJ se
encarga de mezclar música por medio de un reproductor, no necesariamente tienen
que estar en un cubículo.
h. Supermercados: Establecimiento cuya actividad principal es
la venta de una serie de mercaderías, alimentos y productos para el consumo
diario de las personas, donde cuenta con 15 o más empleados en planilla.
i. Mini Súper: Establecimiento cuya actividad principal es
similar a la de un supermercado, pero cuenta con 14 o menos empleados en
planilla.
j. Centros Comerciales: Desarrollo inmobiliario urbano en el
que se concentra un mínimo de 10 locales (comerciales, oficinas o servicios) el
cual debe de contar con servicios sanitarios separados, lugar de parqueo y
cumplir con todo lo que establece el reglamento a
k. Restaurante: Conforme a la clase C de la tipología
establecida en el artículo 4° de
l. Bar, cantina y taberna: Todo negocio cuya actividad comercial
principal es el expendio de bebidas alcohólicas para el consumo al detalle y
dentro del establecimiento, en los cuales se podrá presentar esporádicamente
actividades artísticas. Asimismo, se tienen por incorporadas las definiciones
establecidas en el artículo 2 de
Artículo 3º—Condiciones en que se otorgan
las licencias. Las licencias constituyen una autorización para
comercializar al detalle bebidas con contenido alcohólico en el cantón, y se
otorgarán únicamente para el ejercicio de la actividad que ellas mismas
determinan y en las condiciones que establece la resolución administrativa que
se dicte con ese fin.
Artículo 4º—Advertencia documental. El documento en que conste
la “licencia de expendio de bebidas con contenido alcohólico” deberá exhibirse
en lugar visible del establecimiento e indicar en forma expresa:
a) El
derecho que se le otorga por medio de la licencia está directamente ligado al
establecimiento comercial para el cual fue expedido, y no constituye un activo
independiente a dicho establecimiento.
b) Que las licencias no son susceptibles de embargo, de apropiación
mediante remate o adjudicación vía sucesión, traspaso, arrendamiento, o
cualquier otra forma de enajenación.
c) Que en caso de que el establecimiento comercial que goza de la
licencia sea traspasado, ya sea mediante compraventa de establecimiento
mercantil o bien mediante el traspaso de más del cincuenta por ciento del
capital social en el caso de personas jurídicas, el adquirente deberá notificar
el cambio de titularidad a
Artículo 5º—Firmas y certificaciones
digitales. Documentos Electrónicos. Cuando los medios tecnológicos a
disposición de la municipalidad lo permitan,
CAPÍTULO
II
Licencias
Artículo 6º—Otorgamiento. Las
licencias serán otorgadas y canceladas por el Alcalde Municipal, para lo cual se
seguirá el siguiente procedimiento: La comisión recomendadora conformada por el
Departamento de Administración Tributaria, el Departamento de Asesoría Legal y
Artículo 7º—Poblaciones. La cantidad de licencias de expendio
de bebidas con contenido alcohólico se otorgarán para cada una de las
poblaciones distritales, según las circunscripciones territoriales y con base a
los criterios establecidos en el artículo3 de
La cantidad total de licencias clase B otorgadas en el Cantón no podrá
exceder la cantidad de una por cada trescientos habitantes, esto por distrito.
En la determinación del total de habitantes del Cantón, se acudirá al
estudio técnico o fuente objetiva verificable que tenga disponible
Periódicamente, conforme se constate incrementos o disminuciones en el
parámetro de habitantes distritales, podrá ajustarse la cantidad de licencias
clase B.
Artículo 8º—Establecimientos aptos para cada tipo de licencia:
Las licencias se otorgarán únicamente para los establecimientos autorizados
para realizar las actividades comerciales acordes para cada tipo de licencia,
según la clasificación del artículo 4° de
En consecuencia, la licencia se otorgará para establecimientos que
cuenten con un permiso de funcionamiento y patente municipal aptos para
realizar la actividad principal relacionada con cada una de las clasificaciones
mencionadas, otorgadas conforme al plan regulador, uso de suelo y demás
regulaciones de ordenamiento territorial que por su naturaleza sean aplicables.
Adicionalmente, el solicitante deberá contar con los permisos,
declaratorias y autorizaciones especiales que se requieran en razón del tipo de
licencia que solicite.
Artículo 9º—Ampliación o cambio de clasificación de la licencia.
Una licencia que haya sido otorgada para una determinada actividad o
actividades y en condiciones específicas, solamente podrá ser modificada o
ampliada a otras actividades previa autorización expresa por parte del Concejo
Municipal. Para estos efectos deberá cumplirse con los requisitos aplicables a
cada una de las actividades para las cuales el patentado requiera la licencia.
La realización de actividades comerciales reguladas en el artículo 4°
de la ley en forma concurrente o coincidente, requerirá la gestión y
otorgamiento de una licencia por cada actividad desplegada, así como la
separación temporal y espacial de dichas actividades.
Artículo 10.—Prohibiciones para el otorgamiento de licencias.
No se otorgarán licencias en ninguno de los casos comprendidos en el artículo
9° de
CAPÍTULO
III
De
las Licencias Permanentes
Artículo 11.—Solicitud. Quien desee
obtener una licencia deberá presentar una solicitud firmada, ya sea
directamente por el solicitante o por su representante con poder suficiente. En
caso de no presentarse en forma personal la solicitud, la firma deberá estar
autenticada, y deberá contener al menos lo siguiente:
a. Indicación
expresa de la actividad que desea desarrollar, con indicación expresa de la
clase de licencia que solicita.
b. El (los) nombre (s) comercial (es) con el (los) que operará la
actividad a desarrollar con la licencia.
c. Dirección de la ubicación exacta del lugar en que se desarrollará
la actividad.
d. En el caso de personas jurídicas, una certificación que acredite la
existencia y vigencia de la sociedad, los poderes de representación del
firmante, y la composición de su capital social. Se prescindirá de este
requisito que ya conste una certificación en los registros municipales emitida
en los últimos tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud de
licencia.
e. Copia certificada del permiso sanitario de funcionamiento, e
indicación del número de patente comercial correspondiente al establecimiento.
f. En caso que el permiso o patente comercial estén en trámite,
deberá indicar el expediente en el cual se tramita. En este caso, el
otorgamiento de la licencia estará sujeto al efectivo otorgamiento del permiso
de funcionamiento y la patente comercial respectivos.
g. Certificación que acredite la titularidad del inmueble en el cual
se desarrollará la actividad, y en caso de pertenecer a un tercero, copia
certificada del contrato o título que permite al solicitante operar el
establecimiento en dicho inmueble, salvo que tales documentos consten en el expediente
de la patente comercial del establecimiento, según lo indicado en los incisos
e. y f. anteriores.
h. En casos que se solicite una licencia clase C, el permiso sanitario
de funcionamiento que autorice expresamente como restaurante, así como la declaración
jurada debidamente protocolizada de que se cumple con el artículo 8 inciso d)
de la ley.
i. En caso que se solicite una licencia clase E, copia certificada de
la declaratoria turística vigente o su original para cotejo con su respectiva
fotocopia.
j. Declaración rendida bajo la fe y gravedad del juramento, en la que
manifieste conocer las prohibiciones establecidas en el artículo 9° de
k. Constancia de que se encuentra al día en sus obligaciones con
l. En los términos del artículo 243 de
m. Estar al día en los impuestos municipales tanto el solicitante como
el dueño del local.
Para los efectos del cumplimiento de este
artículo,
Es obligación del solicitante informar a
Artículo 12.—Distancias. Las
limitaciones establecidas en los incisos a) y b) del artículo 9° de
Asimismo, la medición de las distancias a que se refieren dicho
incisos a) y b) del artículo 9 de
Artículo 13.—Plazo para resolver.
La prevención indicada suspende el plazo de resolución de
Artículo 14.—Denegatoria. La licencia podrá denegarse en los
siguientes casos:
a. Cuando
la ubicación del establecimiento sea incompatible con el expendio de bebidas
alcohólicas, conforme al artículo 9 de
b. Cuando el solicitante se encuentre atrasado en el pago de sus
obligaciones con
c. Cuando la actividad principal autorizada a realizar en el
establecimiento sea incompatible con la clase de licencia solicitada.
d. Cuando la ubicación del establecimiento no sea conforme con las
restricciones establecidas por Ley.
e. Cuando la solicitud esté incompleta o defectuosa y no sea corregida
dentro del plazo conferido al efecto.
Artículo 15.—Pago de derechos trimestrales.
De conformidad con el artículo 10 de
a. Licencia
clase A: Un salario base.
b. Licencia clase B1: Medio salario base.
c. Licencia clase B2: Medio salario base
d. Licencia clase C:
C1: Los establecimientos con capacidad de atender
hasta 80 personas sentadas simultáneas se considerarán aptos para obtener
licencias clase C1 y pagará medio salario base.
C2: Establecimientos con capacidad de atender
una cantidad superior a 80 personas sentadas simultánea podrán obtener una licencia
C2 y pagarán un salario base.
e. Licencia
clase D1: Un salario base.
f. Licencia clase D2: Dos salarios base
g. Licencia clase E1a: un salario base.
h. Licencia clase E1b: dos salarios base.
i. Licencia clase E2: tres salarios base.
j. Licencia clase E3: dos salarios base.
k. Licencia clase E4: tres salarios base.
l. Licencia clase E5: un salario base.
Artículo 16.—Vigencia. La licencia
tendrá una vigencia de cinco años renovables por períodos iguales de forma
automática siempre y cuando la solicitud de prórroga se presente antes de cada
vencimiento. Al momento de la prórroga el patentado deberá cumplir con todos
los requisitos legales establecidos. En la solicitud de prórroga se deberá
adjuntar una constancia de que se encuentra al día en sus obligaciones con
El solicitante estará exento de aportar los documentos aquí
mencionados cuando la información esté disponible de forma remota por parte de
En el caso de que se presente una solicitud de licencia por medio de
un contrato de arrendamiento del local comercial, la vigencia de la licencia
será igual a la duración del contrato, la cual no podrá exceder a los 5 años.
Artículo 17.—Pérdida anticipada de vigencia. La licencia
perderá vigencia antes de su vencimiento en los siguientes casos:
a. Por
renuncia expresa del patentado.
b. Cuando el patentado abandone la actividad y así sea comunicado a
c. Cuando resulte totalmente evidente el abandono de la actividad aún
cuando el interesado no lo haya comunicado.
d. Por la pérdida o cancelación del permiso de funcionamiento del
establecimiento, independientemente del motivo que lo origine.
e. Por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 6 de
f. Por el incumplimiento de los requisitos y prohibiciones
establecidos en
Artículo 18.—Inspección y control. Del
total recaudado en virtud de
Artículo 19.—Horarios. Se establece el siguiente horario para
la actividad comercial y para la venta y permanencia de bebidas con contenido
alcohólico al detalle ya sea principal o secundaria:
a) Los
establecimientos que exploten licencias clase A solo podrán tener abierto entre
las 11:00 horas y hasta las 0:00 horas (Medianoche).
b) La licencia clase B1: solo podrán mantener abierto el
establecimiento entre las 11:00 horas y las 0:00 horas (medianoche).
c) La licencia clase B2: solo podrán mantener abierto entre las 16:00
horas y las 2:30 horas.
c) Los establecimientos con licencias clase C podrán mantener abierto
entre las 7:00 horas y las 2:30 horas del siguiente día. La comercialización de
bebidas con contenido alcohólico se realizará entre las 11:00 horas y hasta las
2:30 horas del día siguiente.
d) Los establecimientos que exploten licencias clase D podrán
comercializar bebidas con contenido alcohólico entre las 8:00 horas hasta las
0:00 horas (Medianoche).
e) Los establecimientos que exploten licencias clase E no tendrán
limitaciones de horario para la comercialización de bebidas con contenido
alcohólico y realizar sus actividades mercantiles, ya sea primaria o secundaria
el expendio de bebidas con contenido alcohólico.
Los establecimientos autorizados deben
mostrar en un lugar visible el tipo de licencia que poseen y el horario autorizado
para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico.
CAPÍTULO
IV
Licencias
temporales
Artículo 20.—Otorgamiento. Las
licencias temporales se concederán únicamente con la aprobación mediante
acuerdo del Concejo Municipal, el cual estará sustentado en un informe emitido
por el Departamento Municipal de Administración Tributaria o en su efecto la
jefatura superior inmediata, quien será el órgano encargado de verificar el
cumplimiento de los requisitos solicitados.
Estas licencias serán otorgadas con el fin de habilitar el expendio de
bebidas con contenido alcohólico en ocasiones específicas, tales como fiestas
cívicas, populares, ferias, turnos y afines.
Deberán ser solicitadas específicamente por la entidad u organización
que va a ejecutar la explotación en forma directa, indistintamente si se trata
del ente organizador de la actividad o del adjudicatario del derecho mediante
remate de puestos.
En el local donde se donde se utilice una licencia temporal de bebidas
con contenido alcohólico no se permitirá la permanencia de menores de edad.
Artículo 21.—Prohibiciones. No se otorgarán licencias
temporales en ninguna de las circunstancias detalladas en el párrafo tercero
del artículo 7° de
Será causal de cancelación de la licencia temporal, la determinación
del arriendo a terceros o cualquier otro acto de disposición de la misma.
Artículo 22.—Requisitos. Quien desee obtener una licencia
deberá presentar una solicitud firmada, ya sea directamente por el solicitante
o por su representante legal con poder suficiente. La firma deberá estar
autenticada si la solicitud no se presenta en forma personal y deberá contener
al menos lo siguiente:
a. Descripción
de la actividad a realizar, con indicación de la dirección exacta, fechas y
horarios en las que se realizará.
b. En el caso de personas jurídicas, una certificación que acredite la
existencia y vigencia de la sociedad, así como los poderes de representación
del firmante. Se prescindirá de este requisito cuando ya conste una
certificación en los atestados municipales emitida en el último mes a la fecha
de la presentación de la solicitud de licencia.
c. Copia del permiso expedido por
d. Descripción del lugar físico en el que se realizará la actividad,
incluyendo un croquis o plano del mismo, en el que expresamente se señale el o
los lugares en los que se tiene previsto el expendio de bebidas con contenido
alcohólico.
e. Certificación que acredite la titularidad del inmueble en el cual
se desarrollará la actividad, y en caso de pertenecer a un tercero,
autorización autenticada del propietario del inmueble para realizar la
actividad programada, salvo que se trate de actividades a realizarse en
terrenos públicos y/o Municipales, en cuyo caso la aprobación del Concejo
Municipal deberá autorizar expresamente dicha ubicación.
f. En el caso que la ubicación corresponda a un centro deportivo,
estadio, gimnasio, o cualquier otro lugar en el que habitualmente se
desarrollan actividades deportivas, deberá aportarse una declaración jurada en
la que se acredite que no se expenderán bebidas con contenido alcohólico
durante la realización de un espectáculo deportivo.
g. Declaración jurada ante la administración en la que manifieste que
conoce las prohibiciones establecidas en el artículo 9° de
h. Constancia de que se encuentra al día en sus obligaciones con
i. En los términos del artículo 243 de
j. En caso de ser el solicitante un adjudicatario del derecho
mediante remate de puestos, deberá presentar una certificación emitida por el
organizador de la actividad que lo acredite como tal.
Para los efectos del cumplimiento de este
artículo,
Es obligación del solicitante informar a la
municipalidad cualquier modificación de las condiciones acreditadas mediante el
formulario y la documentación antes indicada, y que se verifique antes del
otorgamiento de la licencia.
Artículo 23.—Pago de derechos. En caso
de autorizarse la licencia temporal, cuando proceda, previo informe técnico, se
prevendrá por una única vez al solicitante de realizar el pago de los derechos
de dicha licencia, como condición para la emisión de la resolución final
correspondiente.
Este derecho se calculará de la siguiente forma:
a. Actividades
que se desarrollen en un día, cancelarán el equivalente a un sexto (1/6)
salario base.
b. Actividades que se desarrollen en un período de dos a tres días,
cancelarán el equivalente a un cuarto (1/4) salario base.
c. Actividades que se desarrollen en un período de hasta cuatro a cinco
días, cancelarán el equivalente a medio (1/2) salario base.
d. Actividades que se desarrollen en un periodo de más seis días,
cancelarán el equivalente un salario base.
CAPÍTULO
V
Sanciones
y recursos
Artículo 24.—Imposición de sanciones.
Artículo 25.—Recursos. La resolución que deniegue una licencia
o que imponga una sanción tendrá los medios de impugnación que se establecen en
el régimen recursivo del Código Municipal.
Artículo 26.—Denuncia ante otras autoridades. En los supuestos
normativos de los artículos 15 al 23 de
CAPÍTULO
VI
Disposiciones
transitorias
Transitorio I.—Los titulares de patentes de
licores adquiridas mediante
Conforme a lo estipulado en el mencionado Transitorio I de
Transitorio II.—En los establecimientos con licencia tipo C que
adquirieron la patente mediante
Publíquese en el Diario Oficial
San Marcos de Tarrazú, 22 de enero del
2013.—Concejo Municipal.—Daniela Fallas Porras, Secretaria.—1
vez.—(IN2013004143).
MUNICIPALIDAD DE DOTA
Acuerdo
estipulado en el artículo I, de la sesión extraordinaria Nº 30, celebrada el
día 28 de noviembre del 2012, tomado por
ACUERDO:
Artículo
1º—El Concejo Municipal de Dota, según lo establecido en los artículos 169 y
170 de
Considerando:
1º—El
artículo 169 de
2º—De
conformidad con lo establecido en los artículos 79, 80, 81, 82 y 83 del Código
Municipal, Ley Nº 7794 del 16 de abril de 1998, es competencia de
3º—Asimismo,
mediante voto Nº 6449-97 de las 16:20 horas de 8 de octubre de 1997,
4º—Para cumplir
con las competencias otorgadas por
5º—Que el
transitorio II de la “Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con
Contenido Alcohólico”, número 9047 de 28 de junio de 2012, publicada en el
Alcance Digital Nº 109 del DIARIO OFICIAL
El Concejo Municipal del cantón de Dota, por unanimidad, acuerda emitir el siguiente:
REGLAMENTO SOBRE LICENCIAS DE EXPENDIO DE
BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo
1º—Objeto. El objeto de este Reglamento es regular la aplicación de
Artículo 2º—Definiciones. Para efectos de este reglamento, se entenderá por:
a. Municipalidad: Municipalidad del cantón de Dota.
b. Permiso de Funcionamiento: Autorización que conforme a las regulaciones aplicables deben obtener los interesados ante organismo estatales de previo ejercicio de ciertas actividades.
c. Ley:
d. Bebidas con contenido alcohólico: Son los productos que contienen alcohol etílico en solución y que son aptos para el consumo humano, provenientes de la fermentación, destilación, preparación o mezcla de productos alcohólicos de origen vegetal, trátese de cervezas, vinos y licores y de todo producto considerado como tal de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias. No se incluyen dentro de esta normativa las preparaciones farmacéuticas, perfumes, jarabes y los demás productos industriales no atinentes a la industrial licorera.
e. Licencias:
Las licencias de expendio de bebidas con contenido alcohólico, según lo
establece el párrafo primero del artículo 3 de
f. Salones de baile, discotecas: Negocio comercial cuya actividad principal y permanente, es la realización de actividades bailables de acceso público con música de cabina o presentación de orquestas, disco-móviles, conjuntos o grupos musicales.
g. Supermercados: Establecimiento cuya actividad principal es la venta de una serie de mercaderías, alimentos y productos para el consumo diario de las personas.
h. Mini Súper: Establecimiento cuya actividad principal similar a la de un supermercado, pero cuenta con 15 o menos empleados y no cuenten con panadería, carnicería o servicio de comida.
i. Centros comerciales: Desarrollo inmobiliario urbano en el que se concentran una serie de locales destinados al comercio, oficinas o servicios y que poseen uno o más de los siguientes servicios en común: establecimiento, servicios sanitarios, mantenimientos, vigilancia y otros.
j. Restaurantes
y afines: Conforme a la clase C de la tipología establecida en el artículo
4 de
k. Bar, cantina o taberna: Todo negocio cuya actividad comercial principal es el expendio de bebidas alcohólicas para el consumo al detalle y dentro del establecimiento, en los cuales no existan habitualmente actividades bailables o de espectáculos públicos.
Asimismo,
se tienen por incorporadas las definiciones establecidas en el artículo de
Artículo 3º—Condiciones en que se otorgan las licencias. Las licencias constituyen una autorización para comercializar al detalle bebidas con contenido alcohólico en el cantón, y se otorgarán únicamente para el ejercicio de la actividad que ellas mismas determinan y en las condiciones que establece la resolución administrativa que se dicte con ese fin.
Artículo 4º—Advertencia documental. El documento en que conste la “licencia de expendio de bebidas con contenido alcohólico deberá exhibirse en lugar visible del establecimiento e indicar en forma expresa:
a. Que el derecho que se otorga por medio de la licencia está directamente ligado al establecimiento comercial para el cual fue expedido, y no constituye un activo independiente a dicho establecimiento;
b. Que las licencias no son susceptibles de embargo, de apropiación mediante remate o adjudicación vía sucesión, traspaso, arrendamiento, o cualquier otra forma de enajenación;
c. Que en caso de
que el establecimiento comercial que goza de la licencia sea traspasado, ya sea
mediante compraventa de establecimiento mercantil o bien mediante el traspaso
de más del cincuenta por ciento del capital social en el caso de personas
jurídicas, el adquiriente deberá notificar del cambio de titularidad a
Artículo
5º—Firmas y certificaciones digitales. Documentos Electrónicos. Cuando
los medios tecnológicos a disposición de
CAPÍTULO II
Tipos y ubicación de
las licencias
Artículo
6º—Establecimientos aptos para cada tipo de licencia. Las licencias se
otorgarán únicamente para los establecimientos autorizados para realizar las
actividades comerciales acordes para cada tipo de licencia, según la
clasificación del artículo 4 de
En consecuencia, la licencia se otorgará para establecimientos que cuenten con un permiso de funcionamiento y patente municipal aptos para realizar la actividad principal relacionada con cada una de las clasificaciones mencionadas, otorgados conforme al plan regulador, uso de suelo y demás regulaciones de ordenamiento territorial que por su naturaleza sean aplicables.
Adicionalmente, el solicitante deberá contar con los permisos, declaratorias y autorizaciones especiales que se requieran en razón del tipo de licencia que solicite.
Artículo 7º—Poblaciones.
Las licencias de expendio de bebidas con contenido alcohólico se otorgarán para
cada una de las poblaciones cantonales, según las circunscripciones
territoriales que mediante acuerdo de mayoría calificada del total de sus
miembros determine el Concejo Municipal; todo lo anterior sobre la base de los
criterios establecidos en el artículo 3 de
La cantidad total de licencias clase B otorgadas en el cantón no podrá exceder la cantidad de una por cada trescientos habitantes.
En la determinación
del total de habitantes del cantón, se acudirá al estudio técnico o fuente
objetiva verificable que tenga disponible
Periódicamente, conforme se constate incrementos o disminuciones en el parámetro de habitantes cantonales, podrá ajustarse la cantidad de licencias clase B.
Artículo 8º—Ampliación
o cambio de clasificación de la licencia. Una licencia que haya sido
otorgada para una determinada actividad o actividades y en condiciones
específicas solamente podrá ser modificada o ampliada a otras actividades
previa autorización expresa por parte de
La realización de actividades comerciales reguladas en el artículo 4 de la ley en forma concurrente o coincidente, requerirá la gestión y otorgamiento de una licencia por cada actividad desplegada, así como la separación temporal y espacial de dichas actividades.
Artículo 9º—Prohibiciones
para el otorgamiento de licencias. No se otorgarán licencias en ninguno de
los casos comprendidos en el artículo 9 de
CAPÍTULO III
De las licencias
permanentes
Artículo 10.—Solicitud. Quien desee obtener una licencia deberá presentar una solicitud firmada, ya sea directamente por el solicitante o por su representante con poder suficiente. En caso de no presentarse en forma personal la solicitud, la firma deberá estar autenticada, y deberá contener al menos lo siguiente:
a) Indicación expresa de la actividad que desea desarrollar, con indicación expresa de la clase de licencia que solicita.
b) El (los) nombre (s) comercial (es) con el (los) que operará la actividad a desarrollar con la licencia.
c) Dirección de la ubicación exacta del lugar en que se desarrollará la actividad. Deberá aportarse copia del plano catastrado respectivo, salvo que el mismo ya exista en los registros municipales.
d) En el caso de personas jurídicas, una certificación que acredite la existencia y vigencia de la sociedad, los poderes de representación del firmante, y la composición de su capital social. Se prescindirá de este requisito que ya conste una certificación en los registros municipales emitida en los últimos tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud de licencia.
e) Copia certificada del permiso sanitario de funcionamiento, e indicación del número de patente comercial correspondiente al establecimiento.
f) En caso que el permiso o patente comercial estén en trámite, deberá indicar el expediente en el cual se tramita. En este caso, el otorgamiento de la licencia estará sujeto al efectivo otorgamiento del permiso de funcionamiento y la patente comercial respectivos.
g) Certificación que acredite la titularidad del inmueble en el cual se desarrollará la actividad, y en caso de pertenecer a un tercero, copia certificada del contrato o título que permite al solicitante operar el establecimiento en dicho inmueble, salvo que tales documentos consten en el expediente de la patente comercial del establecimiento, según lo indicado en los incisos e. y f. anteriores.
h) En casos que se solicite una licencia clase C, el permiso sanitario de funcionamiento que autorice expresamente como restaurante, así como la declaración jurada debidamente protocolizada de que se cumple con el artículo 8 inciso d) de la ley.
i) En caso que se solicite una licencia clase E, copia certificada de la declaratoria turística vigente o su original para cotejo con su respectiva fotocopia.
j) Declaración
rendida bajo la fe y gravedad del juramento, en la que manifieste conocer las
prohibiciones establecidas en el artículo 9 de
k) Constancia de
que se encuentra al día en sus obligaciones con
l) En los
términos del artículo 243 de
m) La concesión
de las licencias de licores permanentes, las otorgará
Para
los efectos del cumplimiento de este artículo,
Es obligación del solicitante informar a la municipalidad cualquier modificación de las condiciones acreditadas mediante el formulario y la documentación antes indicada, y que se verifique antes del otorgamiento de la licencia.
Artículo 11.—Distancias.
La limitación para otorgar una licencia no operará en aquellos casos que aunque
el establecimiento comercial a los que se refieren los incisos a) y b) del artículo
nueve 9 de
Asimismo, la
medición de las distancias a que se refieren dicho incisos a) y b) del artículo
9 de
Artículo 12.—Plazo
para resolver.
La prevención
indicada suspende el plazo de resolución de
Artículo 13.—Denegatoria. La licencia podrá denegarse en los siguientes casos:
a. Cuando la ubicación del
establecimiento sea incompatible con el expendio de bebidas alcohólicas,
conforme al artículo 9 de
b. Cuando el
solicitante se encuentre atrasado en el pago de sus obligaciones con
c. Cuando la actividad principal autorizada a realizar en el establecimiento sea incompatible con la clase de licencia solicitada.
d. Cuando la ubicación del establecimiento no sea conforme con las restricciones establecidas por Ley.
e. Cuando la solicitud esté incompleta o defectuosa y no sea corregida dentro del plazo conferido al efecto.
Artículo
14.—Pago de derechos trimestrales. De conformidad con el artículo 10 de
Licencia A (Licorera): Un Salario Base
Licencia B
B1 (Cantinas-Bares-Tabernas) Medio Salario Base
B2 (Salones de Baile) Un salario Base
Licencia C (Medio Salario Base)
D1 (Mini Súper) 1,5 Salario Base
D2 (Supermercados) 2 Salario Base
E1a (Interés Turístico) 1 Salario Base
E1b (Menos de quince habitaciones) 2 Salarios Base
E2C (Tres Salarios Base)
E3 (Dos salario Base)
E4 (3 Salarios Base)
E5 (1 Salario Base)
Nota: todos los capítulos y artículos se admiten igual a como están en los reglamentos revisados.
Artículo 15.—Vigencia. La licencia tendrá una vigencia de cinco años renovables por períodos iguales de forma automática siempre y cuando la solicitud de prórroga se presente antes de cada vencimiento. Al momento de la prórroga el patentado deberá cumplir con todos los requisitos legales establecidos.
En la solicitud
de prórroga se deberá adjuntar una constancia de que se encuentra al día en sus
obligaciones con
El solicitante
estará exento de aportar los documentos aquí mencionados cuando la información
esté disponible de forma remota por parte de
Artículo 16.—Pérdida anticipada de vigencia. La licencia perderá vigencia antes de su vencimiento en los siguientes casos:
a) Por renuncia expresa del patentado.
b) Cuando el
patentado abandone la actividad y así sea comunicado a
c) Cuando resulte totalmente evidente el abandono de la actividad aún cuando el interesado no lo haya comunicado.
d) Por la pérdida o cancelación del permiso de funcionamiento del establecimiento, independientemente del motivo que lo origine.
e) Por
cualquiera de las causales establecidas en el artículo 6 de
f) Por el
incumplimiento de los requisitos y prohibiciones establecidos en
Artículo
17.—Inspección y control. Del total recaudado en virtud de
CAPÍTULO IV
Licencias temporales
Artículo 18.—Otorgamiento. Las licencias temporales se concederán únicamente con la aprobación mediante acuerdo del Concejo Municipal, el cual estará sustentado en un informe emitido por el Departamento Municipal de Patentes o en su defecto la jefatura superior inmediata, quien será el órgano encargado de verificar el cumplimiento de los requisitos solicitados.
Estas licencias serán otorgadas con el fin de habilitar el expendio de bebidas con contenido alcohólico en ocasiones específicas, tales como fiestas cívicas, populares, ferias, turnos y afines.
Deberán ser solicitadas específicamente por la persona o entidad que va a ejecutar la explotación en forma directa, indistintamente si se trata del ente organizador de la actividad o del adjudicatario del derecho mediante remate de puestos.
Artículo 19.—Prohibiciones.
No se otorgarán licencias temporales en ninguna de las circunstancias
detalladas en el párrafo tercero del artículo 7 de
Será causal de cancelación de la licencia temporal su subarriendo o cualquier otro acto de disposición de la misma.
Artículo 20.—Requisitos. Quien desee obtener una licencia deberá presentar una solicitud firmada, ya sea directamente por el solicitante o por su representante con poder suficiente. La firma deberá estar autenticada si la solicitud no se presenta en forma personal, y deberá contener al menos lo siguiente:
a. Descripción de la actividad a realizar, con indicación de la dirección exacta, fechas y horarios en las que se realizará.
b. En el caso de personas jurídicas, una certificación que acredite la existencia y vigencia de la sociedad, así como los poderes de representación del firmante. Se prescindirá de este requisito cuando ya conste una certificación en los atestados municipales emitida en el último mes a la fecha de la presentación de la solicitud de licencia.
c. Copia del
permiso expedido por
d. Descripción del lugar físico en el que se realizará la actividad, incluyendo un croquis o plano del mismo, en el que expresamente se señale el o los lugares en los que se tiene previsto el expendio de bebidas con contenido alcohólico.
e. Certificación que acredite la titularidad del inmueble en el cual se desarrollará la actividad, y en caso de pertenecer a un tercero, autorización autenticada del propietario del inmueble para realizar la actividad programada, salvo que se trate de actividades a realizarse en terrenos públicos y/o Municipales, en cuyo caso la aprobación del Concejo Municipal deberá autorizar expresamente dicha ubicación.
f. En los
términos del artículo 243 de
g. Declaración
rendida bajo la fe y gravedad del juramento, en la que manifieste que conoce
las prohibiciones establecidas en el artículo 9 de
h. Constancia de
que se encuentra al día en sus obligaciones con
i. En los
términos del artículo 243 de
j. En caso de ser el solicitante un adjudicatario del derecho mediante remate de puestos, deberá presentar una certificación emitida por el organizador de la actividad que lo acredite como tal.
Para los efectos del cumplimiento de este artículo,
Es obligación del solicitante informar a la municipalidad cualquier modificación de las condiciones acreditadas mediante el formulario y la documentación antes indicada, y que se verifique antes del otorgamiento de la licencia.
Artículo 21.—Pago de derechos. En caso de autorizarse la licencia temporal, cuando proceda, previo informe técnico, se prevendrá por una única vez al solicitante de realizar el pago de los derechos de dicha licencia, como condición para la emisión de la resolución final correspondiente. Este derecho se calculará de la siguiente forma:
a) Actividades que se desarrollen en un periodo de uno a dos días, cancelarán el equivalente a un cuarto (1/4) de salario base.
b) Actividades que se desarrollen en un período de tres a cuatro días, cancelarán el equivalente a medio (1/2) salario base.
c) Actividades que se desarrollen en un periodo de cinco a seis días, cancelarán el equivalente a tres cuartos (3/4) de un salario base.
d) Actividades que se desarrollen durante más de siete (7) días hasta el máximo de quince (15) días, cancelarán un salario base
CAPÍTULO V
Sanciones y recursos
Artículo
22.—Imposición de sanciones.
Artículo 23.—Recursos. La resolución que deniegue una licencia o que imponga una sanción tendrá los medios de impugnación que se establecen en el régimen recursivo del Código Municipal. En los casos en que la resolución sea emitida por el Concejo Municipal, cabrá solamente el recurso de reconsideración.
Artículo 24.—Denuncia
ante otras autoridades. En los supuestos normativos de los artículos 15 al
23 de
CAPÍTULO VI
Disposiciones transitorias
Transitorio
l.—Los titulares de patentes de licores adquiridas mediante
Conforme a lo
estipulado en el mencionado Transitorio I de
Rige a partir de su publicación.
Acuerdo definitivamente aprobado.
Nota: Se modifica el
Capítulo V. Artículo 24 y se agrega el Artículo 25. En el Reglamento a
Basado en el Artículo 45 del Código Municipal se procede a revisar y
aprobar el Capítulo V. del Reglamento a
Se Agrega en el CAPÍTULO V. el Artículo 25. Procedimiento sancionatorio.
El funcionario encargado de la administración tributaria valorara las pruebas y emitirá recomendación al alcalde sobre la procedencia o no de la denuncia ante el juzgado Contravencional correspondiente, en caso de que el Alcalde proceda con la denuncia respectiva, bastará para la interposición de la misma un escrito con breve relación de los hechos, copia del parte policial y demás elementos de prueba que considere pertinentes a efectos de que la autoridad judicial proceda con la aplicación de lo estipulado por esta ley.
Acuerdo definitivamente aprobado.”
Dota, 29 de noviembre del 2012.—J. Arturo Vargas Ríos, Secretario Municipal.—1 vez.—RP2013335299.—(IN2013002641).
MUNICIPALIDAD
DE EL GUARCO
REGLAMENTO
DE COMITÉS DE CAMINOS
DEL CANTÓN DE EL
GUARCO
De conformidad con el artículo 43 del Código
Municipal, no habiendo recibido oposiciones durante el término de ley, informa
que en mediante acuerdo número 473, que consta en el acta número 206 de la
sesión número 206-2013 celebrada por el Concejo Municipal el día 22 de enero de
2013, dispuso aprobar como reglamento la “Propuesta de Reglamento de Comités de
Caminos del cantón de El Guarco”, publicada en
Flor María Arrieta Pereira, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2013004085).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
La
señora Rosa María Arce Arce, cédula 03-0199-
Cartago, 2 de enero del 2013.—Plataforma de Servicios.—Marianela Granados G.—RP2013335350.—(IN2013002961).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se solicita la reposición por extravío del
certificado de depósito a plazo, a nombre del señor Carlos José Sánchez
Salgado, pasaporte N° C01244744, confeccionados por el Banco Crédito Agrícola
de Cartago, con las siguientes características: Certificado: 302-301-302108225,
monto: $1.000,00, emisión: 31-08-2012, vencimiento: 01-03-2013, tasa: 2.1%,
plazo: 181 días, número de fórmula de cupón de intereses: 130568.
Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código
de Comercio, artículos 708 y 709.
Transcurrido el término de quince días hábiles de la última
publicación, se repondrá dicho documento.
San José, 18 de enero del 2013.—Retención y
Recuperación de Clientes.—Trinidad Jiménez Valverde,
Subjefe.—RP2013335900.—(IN2013003959).
VICERRECTORÍA
EJECUTIVA
AVISO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante
|
Tomo: VII |
Folio: 978 |
Asiento: 35 |
Extendido a nombre de Araya Jiménez Lidiana
Vanessa, cédula de identidad 1-904-308. Se solicita la publicación del edicto para
oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles,
a partir de la tercera publicación en
Oficina de Registro.—Lic. Susana Saborío Álvarez, JefA.—RP2013335627.—(IN2013003216).
APROBACIÓN
NOMBRAMIENTO DIRECTOR INTERINO
ÁREA
DE SALUD DE BUENOS AIRES
San José, 13 de diciembre del 2012.—Dra.
María Eugenia Villata Bonila, Gerente Médica.—1
vez.—RP2013335943.—(IN2013003954).
APROBACIÓN
NOMBRAMIENTO DIRECTOR INTERINO
HOSPITAL
SAN FRANCISCO DE ASÍS
San José, 15 de enero del año 2013.—Dra. María Eugenia Villata Bonila, Gerente Médica.—1 vez.—RP2013335944.—(IN2013003955).
APROBACIÓN NOMBRAMIENTO DIRECTORA INTERINA
ÁREA DE SALUD PURISCAL TURRUBARES
San José, 15 de enero del 2013.—Dra. María Eugenia Villata Bonila, Gerente Médica.—1 vez.—RP2013335945.—(IN2013003956).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A la señora Yessenia Cubillo Valladares se le
pone en conocimiento, la resolución de las quince horas dos minutos del doce de
diciembre del dos mil doce, del Patronato Nacional de
Oficina Local de Pérez Zeledón. A quien
interese, que en esta Oficina Local se tramita el expediente administrativo
número 141-00115-2009, correspondiente a la declaratoria de administrativa de
abandono con depósito judicial a favor de la persona menor de edad Kaisely
Ramona Fallas Castillo nacida el diecisiete de setiembre del dos mil seis. Se
le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad
o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se
previene a la parte interesada que podrá interponer recurso de apelación ante
A, Thelma Morales Ramírez y Mario López Olivares,
se les comunica la resolución de las catorce horas del dieciocho de diciembre
del dos mil doce, mediante la cual
Oficinal Local de Grecia, a las nueve horas
del diez de enero del dos mil trece, visto que existe un error material en la
resolución de las quince horas del nueve de enero del año dos mil trece, ya que
se consignó el segundo nombre y el día en que nació la persona menor de edad de
manera incorrecta. Por lo que de ahora en adelante se debe leer el nombre de la
joven Johanna del Rosario López García y
su fecha de nacimiento el día diez de mayo del año 1999, y no como por error se
indicó. Notifíquese.. Expediente N° 245-00018-2010.—Oficina Local de Grecia, 10
de enero del 2013.—Lic. Carmen Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. Nº
35921.—Solicitud Nº 62254.—C-5280.—(IN2013003440).
ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
Resolución N° DTMC-40-2013.—Curridabat, a las
13:00 horas del 9 de enero 2013.—Esta administración procede a realizar la
revisión de los intereses que
Resultando:
Que de acuerdo a lo establecido en el
artículo 69 del Código Municipal y artículo 22 de
Considerando:
I.—Que de acuerdo a lo dispuesto en el
artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios el pago efectuado
fuera del término produce la obligación de pagar un interés, junto al tributo
adecuado.
II.—Los intereses establecidos en el artículo 57 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios se sustentan mediante resolución emitida por
III.—Que revisados los sistemas informáticos
IV.—Que según la información suministrada por el Banco Central de Costa
Rica la tasa básica pasiva promedio al 31 de diciembre del 2012, es de un
9.20%.
Sobre el fondo: Ha quedado acreditado para la resolución de
este asunto que
Si se considera que al 31 de diciembre del
2012, la tasa básica pasiva promedio emitida por el Banco Central de Costa Rica
es de un 9.20% promedio y los intereses no pueden sobrepasar los diez puntos,
tenemos que lo más que podrían estar generando
Con fundamento en los argumentos expuestos y
de conformidad con el artículo 69 del Código Municipal, artículo 22 de
Curridabat, 9 de enero del 2013.—Dirección
Fiscalía Tributaria.—Óscar Cordero Calderón, Director.—1
vez.—RP201300335867.—(IN2013003958).
EDICTO
Acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº
0211-2012 del 19 de noviembre del 2012, en el artículo V, según oficio
SCM-3043-2012 del 22 de noviembre del 2012.
Arrendataria: Magda Ma. Arias Cordero Céd. Nº 4-102-888
Beneficiarios: Clara Luz Cordero Campos Céd.
Nº 4-063-852
Nuria
Lorena Arias Cordero Céd. Nº
4-104-644
Rafael
Ángel Arias Cordero Céd. Nº
9-051-380
Carlos
Alb. Arias Cordero Céd. Nº
9-042-515
Clara
Luz Arias Cordero Céd. N°
4-134-469
Lote Nº 88 Bloque 1, con una medida de
El mismo se encuentra a nombre del Rafael Arias Madrigal y Familia
Arias Cordero. Datos confirmados según constancia extendida por nuestro
Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 12 de julio del 2012.
Se emplaza por treinta días a todo aquel que pretenda tener derecho
sobre el mismo para que se apersone a
Heredia, 30 de noviembre del 2012.—Lic.
Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa de Rentas y Cobranzas.—1 vez.—(IN2013002642).
El
Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en sesión ordinaria N° 03-2013, del
14 de enero de 2013, mediante el Acuerdo N° 28-2013, con dispensa de trámite de
Comisión y por unanimidad, se acuerda aprobar el Estudio Tarifario de
Mantenimiento de Parques, Obras y Ornato como se detalla:
|
Distrito |
Costo total |
Metros cuadrados por distrito |
Monto por metro cuadrado |
Monto redondeado |
|
San Isidro |
9.820.214,80 |
2.475.995,20 |
3.96 |
4 |
|
San José |
37.722.960,00 |
10.217.401,46 |
3.69 |
3.7 |
|
Concepción |
1.199.751,30 |
6.279.738,67 |
0.27 |
0.3 |
|
San Francisco |
7.146.659,30 |
4.436.600,22 |
1.61 |
1.6 |
San Isidro de Heredia, 23 de enero del
2013.—Zeidy Aguilar Vindas, Secretaria Concejo.—1 vez.—(IN2013004081).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
FUNERALES
COSTARRICENSES
Funerales Costarricenses
1) Apertura
de sesión.
2) Lectura de acta sesión anterior.
3) Informe del consejo de Administración.
4) Informe fiscal.
5) Aprobación o no de los estados financieros del período 2012.
6) Distribución o no de utilidades.
7) Nombramiento de directores y fiscal.
8) Cierre de sesión.
Los socios deberán acreditarse personalmente
o por medio de poder a una tercera persona. Si no hubiera quórum a la hora
indicada, la asamblea se celebra una hora después en el citado lugar, con los
accionistas que se encuentren presentes.
San José, 28 de enero del 2013.—Manuel Frutos
Jiménez, Asistente.—(IN2013005341).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
COLEGIO
DE MICROBIÓLOGOS Y QUÍMICOS
CLÍNICOS DE COSTA
RICA
TRIBUNAL
ELECTORAL
Asamblea
General Ordinaria
A realizarse en primera convocatoria el
sábado 2 de marzo del 2013, en caso de no completar el quórum de ley se realizará
en segunda convocatoria el sábado 9 de marzo del 2013. Ambas convocatorias a
partir de las 8:00 a.m.
Agenda:
1. Elección
de Junta Directiva para el período 2013-2014.
2. Aprobación
del acta de
3. Conocer
y aprobar los informes del Presidente, Secretaria, Tesorera y Fiscal de
4. Aprobación
del presupuesto para el período 2013-2014.
5. Asuntos
varios
El Tribunal Electoral convoca a los
colegiados a participar en el proceso, confeccionando las propuestas del caso
para los puestos de Junta Directiva. Estas proposiciones se recibirán en la
sede del Colegio, hasta el día 2 de febrero del
San José, 24 de enero del 2013.—Dr. Oswaldo
Ruiz Narváez, Presidente Junta Directiva.—Dr. David Rodríguez Masís, Presidente
Tribunal Electoral.—1 vez.—(IN2013004524).
FONDO
DE INVERSIÓN INMOBILIARIO GIBRALTAR
Convocatoria
a asamblea ordinaria de Inversionistas
del Fondo de
Inversión Inmobiliario Gibraltar
En cumplimiento con lo dispuesto en
Agenda:
1. Comprobación
del quórum.
2. Nombramiento del señor Jaime Molina Ulloa como Presidente ad hoc de
3. Nombramiento del señor Jaime Ubilla Carro como secretario ad hoc de
la asamblea ordinaria de inversionistas.
4. Presentación y aprobación del Informe de Gestión del periodo 2012.
5. Presentación y aprobación de los Estados Financieros Auditados del
periodo 2012.
6. Presentación y sometimiento a votación de la distribución del 100%
de las utilidades netas de operación obtenidas durante el periodo 2012 en
proporción a la correspondiente participación de los señores inversionistas.
Es requisito indispensable acreditarse
debidamente ante
FONDO
DE INVERSIÓN DE DESARROLLO
INMOBILIARIO
IMPROSA (MULTIPARK)
Convocatoria a asamblea
ordinaria de inversionistas del Fondo
de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Improsa (Multipark)
En cumplimiento con lo dispuesto en
Agenda:
1. Comprobación del quórum.
2. Nombramiento del señor Jaime Molina Ulloa como Presidente ad hoc de la asamblea ordinaria de inversionistas.
3. Nombramiento del señor Jaime Ubilla Carro como secretario ad hoc de la asamblea ordinaria de inversionistas.
4. Presentación y aprobación del Informe de Gestión del periodo 2012.
5. Presentación y aprobación de los Estados Financieros Auditados del periodo 2012.
Es requisito indispensable acreditarse
debidamente ante
EUROKEL
CR S. A.
Eurokel CR S. A., con cédula jurídica número
3-101-344402, en su condición de Administrador electo del Condominio Horizontal
Residencial Terrazas del Este, cédula jurídica número 3-109-564994, convoca a la
asamblea general extraordinaria de condóminos, que tendrá lugar en el Rancho
Multiuso del Condominio, el lunes 18 de febrero del
Orden del día:
a) Comprobación
de asistencia y verificación de quórum.
b) Nombramiento de presidente y secretario para la asamblea.
c) Aprobación de Cotización para Proyecto de Pintura General del
Condominio.
d) Aprobación de cuota extraordinaria y fecha de pago para ajustar a
la cotización que se apruebe.
f) Cierre de la cesión.
Adriano Madriz Zúñiga, Representante Legal.—1
vez.—(IN2013006562).
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
BAC SAN JOSÉ
Se hace del conocimiento público el extravío de los cheques números 0067235 y 0067236. Emitidos por el BAC San José contra el Bank of America de Miami, Florida, el 28 de mayo del 2012. Fueron extraviados el 8 de junio del 2012. Lo anterior para su respectiva reposición de acuerdo al Código de Comercio.—Lic. María Inés Martínez Rodríguez.—(IN2013002864).
UNIVERSIDAD
LATINA
Ante el CONESUP, se ha presentado la
solicitud de reposición de Título de Administración de Negocios con énfasis en
Finanzas, emitido por
GRUPO
MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con lo estipulado por los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Óscar Jara Sánchez cédula
De conformidad con lo estipulado por los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Alejandro Rey Vargas,
cédula
De conformidad con lo estipulado por los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Omar Arsenio Castro
Matamoros cédula
FLORIDA ICE AND FARM COMPANY S. A.
El señor Fabio Sánchez Ledezma, cédula Nº
1-0178-
MUTUAL
CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora Ana Felicia Porras Brenes, cédula
N°
UNIVERSIDAD
BRAULIO CARRILLO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
FLORIDA
ICE AND FARM COMPANY S. A.
El señor Pedro Alvarado Chavarría, cédula N°
1-1009-0222 en su calidad de albacea, ha solicitado la reposición del
certificado de acciones N° P 273 de fecha 17 de julio de 1996, por la cantidad
de 1.000 acciones de Florida Ice and Farm Company S. A., a nombre de la señora
Silvia Chavarría González, por haberse extraviado. Se publica este aviso para
efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Ramón de Mendiola Sánchez,
Director General.—RP2013336002.—(IN2013003960).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, a las 9 horas, del 23 de octubre de 2012, protocolicé acta de la
entidad Inversiones Gonar Internacional Sociedad Anónima reformó la
cláusula quinta referente al capital social, disminuyéndose el mismo.—Cartago,
21 de enero de 2013.—Lic. Marco Vinicio Mora Campos,
Notario.—RP2013335893.—(IN2013003963).
COLEGIO
DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS,
FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A
las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al mes de
enero 2013, se encuentran morosos. Si realizó el pago respectivo favor ignorar
esta publicación, la cual se realiza conforme con el artículo 981 del Código de
Comercio.
|
Nombre |
Cédula |
|
Bolaños Arquín María Isabel |
103100230 |
|
Céspedes Obando Heriberto |
302140213 |
|
García Murillo Irma |
202660202 |
|
Hernández Reina Geovanni |
602620940 |
|
Jalice Lamas Elianne María |
800810409 |
|
Jiménez Ugarte Leila |
502450259 |
|
Méndez Briones Roberto |
502880655 |
|
Monge Sánchez Viviana |
205820633 |
|
Montaberth Smith Lee Sandra |
102980882 |
|
Murillo Vargas Viviana Natalia |
111200177 |
|
Palacios Álvarez Marianela |
203750533 |
|
Prendas Madrigal Belissa |
110300541 |
|
Ramírez Santamaría Bolívar Alonso |
112120205 |
|
Rodríguez Rodríguez Rodolfo |
105940540 |
|
Salas Calvo Nelsy Mayela |
303130929 |
|
Villarreal Briceño Gabriela |
503150929 |
|
Wray Wray Xiomara |
700720843 |
|
Zúñiga Pana William Gerardo |
103840351 |
Junta Directiva.—MSc. Félix Ángel Salas
Castro, Presidente.—MSc. Magda Rojas Saborío,
Secretaria.—RP2013335999.—(IN2013003962). 2
v. 1. Alt.
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
COLINAS VERDES
SEXTO PISO S. A.
El suscrito Raymundo Volio Leiva, notario público, hago constar que
mediante la escritura cincuenta y nueve del tomo siete de mi protocolo se
solicitó la reposición del libro de asamblea general de la sociedad Colinas
Verdes Sexto Piso S. A. Es todo.—San José, veintiuno de enero de dos mil
doce.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2013003672).
COLEGIO
DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS,
FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A
las siguientes personas se les comunica que según nuestros registros al 30 de
noviembre 2012, se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados
a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario
Oficial
|
Nombre |
Cédula |
|
Alvarado Galeano Graciela |
701350801 |
|
Álvarez Brenes Dayana Milena |
401850680 |
|
Álvarez Briceño Miralys Agueda |
800910693 |
|
Álvarez Castrillo Johanna Paola |
503100343 |
|
Álvarez Ramírez Argerie Lorena |
502820396 |
|
Ángulo García Luis Alejandro |
503480570 |
|
Barrantes Ramírez Ángel Antonio |
502400755 |
|
Barttley Martín Cianie |
700910319 |
|
Bolaños Orocu Ángela |
602680727 |
|
Bran Moreno Yanubeth |
502330199 |
|
Brenes Miranda María Julia |
601410353 |
|
Briceño Sánchez Ingrid Juliet |
503490548 |
|
Carmena Chavarría Lucina |
601590815 |
|
Carvajal Ángulo Flor de María |
601160065 |
|
Castillo Rojas Rolando |
503020489 |
|
Cedeño Chavarría María Estrella |
601800253 |
|
Cruz Soto Tanya |
503410917 |
|
De Faria Campos Edison |
800770068 |
|
Delgado Morera Luis Mauricio |
401500229 |
|
Díaz Baltodano Silvia Yarenis |
503600561 |
|
Gamboa López Danis Antonio |
603040985 |
|
Gutiérrez Talavera Hellen Graciela |
701910660 |
|
Hernández Reina Giovanni |
602620940 |
|
Martínez Cortés Adaly |
503340075 |
|
Miller Lindo Patricia |
700460681 |
|
Morera Castro Gerald Esteban |
503260465 |
|
Murillo Montenegro Elizabeth |
502530434 |
|
Mustelier Cantero Raquel |
800850625 |
|
Oviedo Ulloa Dianyi Vanessa |
304090182 |
|
Pizarro Alfaro Edith Raissa |
401780133 |
|
Ramírez Méndez Sirleny |
304170524 |
|
Ramírez Villegas Gerardo |
401090713 |
|
Rodríguez Alfaro Shirley |
701310125 |
|
Ruiz Pizarro Marcia Lucía |
503490255 |
|
Salazar Quesada Gabriela |
701470043 |
|
Vargas Gómez Shirley |
602370191 |
|
Viales Baltodano Arles |
501900520 |
Junta Directiva.—M.Sc.
Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—MSc. Magda Rojas Saborío, Secretaria.—1
vez.—RP2013335998.—(IN2013003961).
VILLA
MONTE FLORES CRC S. A.
Se hace constar que mediante escritura
otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se declararon como perdidos los
3 libros de actas de la empresa Villa Monte Flores CRC S. A., cédula de persona
jurídica tres ciento uno quinientos cincuenta y un mil cero sesenta y cuatro,
razón por la cual se le solicita al Registro Público la reposición de los
mismos.—San José, veintidós de enero del dos mil trece.—Lic. Carlos Gutiérrez
Font, Notario.—1 vez.—RP2013336056.—(IN2013004062).
CORPORACIÓN
DE LABORATORIOS
CLÍNICOS PRIVADOS
CORPOLAB S. A.
Corporación de Laboratorios Clínicos Privados
CORPOLAB S.A., informa al público en general del extravío del talonario de
facturas numerado del 45101 al 45150, con las facturas en blanco de la
Ante esta notaria sita en El Roble de
Puntarenas, número novecientos cuarenta y uno-A. Se ha protocolizado para su
inscripción el acta de disolución de Autopartes El Roble JBM Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno-seiscientos veinticuatro
mil cinco.—Puntarenas, diez de enero del dos mil trece.—Lic. Guillermo Enrique
Segura Amador, Notario.—1 vez.—RP2013335689.—(IN2013003321).
Por escritura número ochenta y nueve de las
diecisiete horas y treinta minutos del día dieciséis de enero del dos mil
trece, ante la notaria Dylana María Arguedas Jiménez, se constituye la sociedad
Costa Rica Adventures Sociedad Anónima.—Heredia, dieciséis de
enero de dos mil trece.—Lic. Dylana María Arguedas Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2013335690.—(IN2013003322).
Por escritura otorgada en esta notaría, en
San José, a las catorce horas y treinta minutos del día diecisiete de enero del
dos mil trece, se disolvió la sociedad denominada Jaa Restaurant Developers
Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2013.—Lic. Felipe Beeche
Pozuelo, Notario.—1 vez.—RP2013335691.—(IN2013003323).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
10:00 horas del 6 de diciembre del 2012, se constituyó Inverzuca de Costa
Rica Limitada, domicilio Heredia. Plazo social: 50 años. Capital social,
íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 17 de enero del 2013.—Lic. Óscar
Rosabal Lizano, Notario.—1 vez.—RP2013335692.—(IN2013003324).
Ante mí, Luis Álvaro Durán Araya, notario
público de San José, mediante escritura número ciento quince del tomo trece de
mi protocolo se ha solicitado a
Por escritura número 12 de las 7:00 horas de
hoy se constituye Distribuidora El Chapernal M.B.M. Ltda., objeto el
comercio, distribución artículos de oficina, insumos para restaurantes y
hoteles, otros. Capital suscrito y pagado. Gerente: Mary B Murzanski.—Liberia,
27 de noviembre del 2012.—Lic. María Vanessa Aguilar Obando, Notaria.—1
vez.—RP2013335696.—(IN2013003326).
Por escritura número 16 de las 7:30 horas de
hoy se constituye Constructora Guateque M.B.M. Ltda. Objeto el comercio,
asesoría de proyectos construcción en general, capital suscrito y pagado.
Gerente: Mary B. Murzanski.—Liberia, 30 de noviembre del 2012.—Lic. María
Vanessa Aguilar Obando, Notaria.—1 vez.—RP2013335697.—(IN2013003327).
Por escritura número 13 de las 7:30 de hoy se constituye, Agropecuaria Helena del Pacífico M.M.B. Ltda. Objeto el comercio, agropecuario avícola, ganadería en general y otros. Capital suscrito y pagado. Gerente: Mary B. Murzanski.—Liberia, 27 de noviembre del 2012.—Lic. María Vanessa Aguilar Obando, Notaria.—1 vez.—RP2013335698.—(IN2013003328).
Ante esta notaría en escritura pública número
trescientos noventa y tres, otorgada en Cartago, a las catorce horas del
dieciocho de enero del dos mil trece, se constituyó la sociedad Monterar
Sociedad Anónima, el presidente tiene la representación judicial y
extrajudicial.—Cartago a las ocho horas del veintiuno de enero del dos mil
trece.—Lic. Daniel Rodríguez Montero, Notario.—1
vez.—RP2013335717.—(IN2013003546).
Ante mí, Jenny Vargas Quesada, notaria
pública con oficina en Guácimo, Limón protocolicé mediante escritura pública 41
visible al folio 28 frente del tomo 15 de mi protocolo el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la empresa Badilla Rodríguez S. A.,
cédula jurídica 3-101-234364, domiciliada en Guácimo Río Jiménez de la iglesia
católica
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del
día 14 de enero del 2013, ante el notario Stefan Ali Chaves Boulanger, se
constituyó la sociedad anónima denominada
Mediante escritura pública número 24-73
otorgada el día de hoy ante mi notaría a las 16:00 horas, he protocolizado acta
de asamblea general de socios de la sociedad Arelys Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-036236 mediante la cual se adiciona cláusula a su pacto
constitutivo.—San Isidro de Pérez Zeledón, 20 de diciembre del 2012.—Lic. Jorge
Arturo Pereira Castro, Notario.—1 vez.—RP2013335728.—(IN2013003549).
Por escritura otorgada en mi notaría, en la
ciudad de San José, a las quince horas del día diecisiete de enero del dos mil
trece, se protocoliza acta número uno de la empresa Calmecac Casa de Idiomas
y Cultura Sociedad Anónima, por el que se acuerda la disolución de la
empresa.—San José, diecisiete de enero del dos mil trece.—Lic. Álvaro Rodrigo
Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2013335732.—(IN2013003550).
Por escritura otorgada en mi notaría, en la
ciudad de San José, a las doce horas del día diecisiete de enero del dos mil
trece, se protocoliza acta número cuatro de la empresa Pele Exportaciones
Sociedad Anónima por el que se acuerda la disolución de la empresa.—San
José, diecisiete de enero del dos mil trece.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar,
Notario.—1 vez.—RP2013335733.—(IN2013003551).
Por escritura otorgada en mi notaría, en la
ciudad de San José, a las once horas del día diecisiete de enero del dos mil
trece, se protocoliza acta número cinco de la empresa Pele Industrial
Sociedad Anónima, en la que se modifican las cláusulas primera y segunda de
los estatutos sociales.—San José, diecisiete de enero del dos mil trece.—Lic.
Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2013335734.—(IN2013003552).
Por escritura pública número doscientos
sesenta, de las catorce horas del quince de enero de dos mil trece, protocolizo
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Alca
Asesores Legales en Contratación Administrativa Sociedad Anónima, en la que
se acuerda modificar las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto
constitutivo, y se nombra nueva junta directiva. Presidente: José Antonio
Solera Víquez, cédula uno-cero seiscientos ochenta y nueve-cero ochocientos
cincuenta y tres.—Lic. Sandra Balladares Diez, Notaria.—1
vez.—RP2013335736.—(IN2013003553).
El día de hoy ante esta notaría se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Corporación
de Música Vértigo A y E S. A. por medio de la cual se modifica la cláusula
cuarta del pacto constitutivo referente al plazo social.—San José, 19 de enero
del 2013.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1
vez.—RP2013335738.—(IN2013003554).
El día de hoy ante esta notaría se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Fontecha S.
A. por medio de la cual se modifica la cláusula tercera del pacto
constitutivo referente al plazo social.—San José, 19 de enero de 2013.—Lic.
Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—RP2013335739.—(IN2013003555).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto
Mora Zahner, a las doce horas del catorce de enero del dos mil trece, se
protocolizó acta de la sociedad Palitesi Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento veinte mil setecientos uno, reformando
su cláusula undécima y reformando su junta directiva. Es todo.—Jacó, 15 de
enero del 2013.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1
vez.—RP2013335741.—(IN2013003556).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 18:00 horas del 17 de enero de dos mil trece, se constituyó Skim Analytical
Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social totalmente suscrito y
pagado. El gerente uno y gerente dos son representantes con facultades de
apoderados generalísimos.—San José, 17 de enero del 2013.—Lic. Juan Carlos
Cersosimo D’Agostino, Notario.—1 vez.—RP2013335755.—(IN2013003557).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del dieciocho de enero del dos mil trece, se disuelve la sociedad Monte
Kirinyaga Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2013.—Lic. Ana Lorena
Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2013335756.—(IN2013003558).
En esta notaría al ser las nueve horas del 29
de octubre del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria
de socios de RSI Jagarundi At Nine S. R. L. en la que se acuerda
nombrar nuevo gerente, subgerente, así como modificar la cláusula del nombre y
la administración.—San José, 29 de octubre del 2012.—Lic. Javier Francisco
Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—RP2013335760.—(IN2013003559).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 9:00 horas del 18 de enero de 2013, se protocolizó reforma al
pacto de la sociedad Paraíso Verde de Osa IV S. A.—San José, 18 de enero
del 2013.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1
vez.—RP2013335762.—(IN2013003560).
Mercedes María Mesén Cascante, mayor,
soltera, comerciante, con cédula 1-0513-0812, y Jaime Córdoba Herrera, mayor,
soltero, comerciante, con cédula 1-0483-0034, ambos vecinos de Escazú, San José
constituyen la sociedad Autocentro de Reciclaje Planeta Limpio S. A.,
según escritura 242, ante el notario público Daniel Ángel Fernández Zamora, a
las 20:00 horas del día 28 de noviembre del año 2012.—8 de enero del 2013.—Lic.
Daniel Ángel Fernández Zamora, Notario.—1 vez.—RP2013335765.—(IN2013003561).
Mediante escritura pública otorgada ante esta
notaría a las dieciséis horas del día dieciocho de enero del año dos mil trece,
se constituyó la sociedad denominada según sea el número de cédula jurídica que
asigne el Registro Mercantil del Registro Público, con un capital social de
cien mil colones exactos.—San José, dieciocho de enero del año dos mil
trece.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1
vez.—RP2013335769.—(IN2013003562).
Que ante la notaría del suscrito, licenciado
Jorge Hernández Calvo, notario público se ha disuelto la sociedad anónima Comercializadora
Hansa P.N. S .A. Escritura número veintitrés.—San José, 18 de enero del
2013.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—RP2013335772.—(IN2013003563).
Ante mi notaría el día diecisiete de
diciembre del dos mil doce, se realiza el nombramiento de nueva junta directiva
y se modifica la cláusula primera y segunda de la sociedad Soluciones
Geomáticas Sociedad Anónima.—Heredia, veintiuno de enero del dos mil
trece.—Lic. Carlos Roberto Delgado Chaves, Notario.—1
vez.—RP2013335773.—(IN2013003564).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad O & M Eléctrica
Matamorros Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos veintiún mil setenta, mediante la cual se reforma la cláusula
sétima de la administración. Escritura otorgada a las quince horas del diez de
enero del dos mil trece.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1
vez.—RP2013335774.—(IN2013003565).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las dieciséis horas del día diecisiete de enero del dos mil trece, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Consultoría
y Asesoría Feja Sociedad Anónima, por la cual se acuerda liquidar y
disolver la sociedad. La suscrita notaria da fe que el presente edicto es una
copia fiel del original.—San José, 18 de enero del 2013.—Lic. Wendy Solórzano
Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2013335776.—(IN2013003566).
Mediante escritura número 70 otorgada ante la
suscrita notaria a las 15:00 horas del 17 de enero de 2013, se protocolizó acta
de asamblea de accionistas de la sociedad SC Johnson de Centroamérica
S. A. en la cual se reforma cláusula del domicilio.—San José, 17 de enero
del 2013.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1
vez.—RP2013335778.—(IN2013003567).
Elena Andraus Alfaro y César Andraus Jalaff,
solicitan se disuelva la sociedad Mercadeo Caemsa Sociedad Anónima.
Escritura 67, de las 13:15 horas, del 18-01-2013. Tomo 28.—Lic. Esther Ramírez
Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2013335779.—(IN2013003568).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 13:00 horas del 7 de enero del 2013, se reforman los estatutos de la
sociedad Inversiones Infema Sociedad Anónima y se nombra nueva junta
directiva. Presidenta María José García Romero.—San José, 20 de enero del
2013.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP201333583.—(IN2013003569).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las quince horas treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil
trece, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Inversiones
Nihao M.D. Limitada.—San José, 18 de enero de 2013.—Lic. José Antonio Jalet
Brandt, Notario.—1 vez.—RP2013335784.—(IN2013003570).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las dieciocho horas quince minutos del quince de enero de dos mil
trece, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Ramcar de
Freses Limitada.—San José, 16 de enero del 2013.—Lic. José Antonio Jalet
Brandt, Notario.—1 vez.—RP2013335786.—(IN2013003571).
Mediante escritura número veintinueve
otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 14 de enero del 2013; se
acordó: modificar la cláusula quinta del pacto social, correspondiente al
capital social de la sociedad Basilic S. A.—Lic. Mariana Herrera Ugarte,
Notaria.—1 vez.—RP2013335788.—(IN2013003572).
Ante el suscrito notario, Melvin Araya Rojas,
se constituyó la sociedad denominada G & H Constructora Sociedad Anónima.—Sabatito,
Coto Brus, a las quince horas del diecisiete de enero del dos mil trece.—Lic.
Melvin Araya Rojas, Notario.—1 vez.—RP2013335792.—(IN2013003573).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las nueve horas del día veintiuno de enero del dos mil trece, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Inveravante Genera Costa Rica S. A. Donde se acuerda
la disolución y liquidación de la compañía.—San José, veintiuno de enero del
dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2013335793.—(IN2013003574).
Ante esta notaría comparecieran los señores
Alfonso Lizanías Vargas Cruz, Manuel Alfonso Vargas Espinoza, Judith Espinoza
Ugarte y Giovanny Rogelio Vargas Cruz, para constituir la sociedad denominada Inversiones
Dayka Sociedad Anónima, la cual tendrá un plazo social de noventa y nueve
años, el domicilio es; Carao de Guararí de Heredia, casa número ciento setenta.
Siendo el socio su presidente Alfonso Lizanías Vargas Cruz, su representante
judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma, el capital social será de treinta acciones de mil colones, cada una, o
sea treinta mil colones. Es todo.—Bataan, veintiuno de enero del dos mi
trece.—Lic. Óscar Guerrero Alemán, Notario.—1
vez.—RP2013335799.—(IN2013003575).
Se acuerda la disolución anticipada de la
sociedad Servicios de Construcciones de San José Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-104184, no existen activos ni pasivos, quedando liquidada
la misma. Escritura otorgada a las ocho horas del veintiuno de junio del dos
mil trece.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2013335800.—(IN2013003576).
Por escritura número ciento treinta y uno,
del tomo 2, otorgada en esta notaría, a las 13:00 horas del 2 de diciembre del
año 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Almacenes
Siman Sociedad Anónima, donde se nombra presidente, se modifica domicilio
social, se modifica lugar para reuniones junta directiva, se modifica lugar
para asambleas de accionistas, se otorga poder generalísimo sin límite de suma,
se revoca y nombra nuevo agente residente, se otorgó poder general judicial, se
otorga poder generalísimo y se solicita retiro sin escribir otorgamiento de
mandato previo.—Santa Ana, 2 de diciembre del 2012.—Lic. Moisés Leonardo
Vincenzi Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2013335801.—(IN2013003577).
Por escrituras otorgadas el día de hoy se
protocolizaron actas de asambleas generales de las sociedad Transportes
Kuzman J E D A S. A., Pelis Rojo S. A. y Transportes Polo JMQA S. A. y
las empresas Manay L & M S. A. e Inversiones Pata de Perro S. A.
prevalenciendo Pelis Rojo S. A. e Inversiones Pata de Perro S. A.
Escrituras otorgadas a las diez horas cinco minutos y once horas, ambas del
dieciocho de enero de dos mil trece.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1
vez.—RP2013335802.—(IN2013003578).
Por escritura otorgada a las nueve horas
treinta minutos del dieciocho de diciembre de 2012, protocolizo asambleas de
las empresas Cofarma Cosméticos y Farmacéuticos de Centro América S.
A. y Kometic Dos Mil Doce S. A., en la cual se acuerda la fusión por
absorción de la primera por la segunda, sociedad que prevalece, generando un
aumento de capital y por ende modificación de la cláusula 5ta del pacto
social.—San José, 18 de diciembre del 2012.—Lic. Silvia Ocampo Vargas,
Notaria.—1 vez.—RP2013335804.—(IN2013003579).
Minor Araya Salguero, cédula tres-doscientos
noventa y siete-seiscientos treinta y cuatro quien es el presidente y Rocío
Navarro Cordero, cédula uno-setecientos ochenta y nueve-ciento nueve, quien es
la secretaria y quienes conformen la totalidad del capital social de Orfeo
Investigaciones O.I Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos veintiún mil ciento cincuenta y ocho, de lo cual da fe el
suscrito notario. Es todo.—San José, 10:00 horas del 18 de enero del 2013.—Lic.
Walter Mora Morales, Notario.—1 vez.—RP2013335805.—(IN2013003580).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las dieciocho horas del ocho de enero del dos mil trece, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de la denominada Pan American School, se
nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, veintiuno de enero del dos mil
trece.—Lic. Mauricio Ramírez Murillo, Notario.—1
vez.—RP2013335807.—(IN2013003581).
Por escrituras otorgadas ante mí a las once
horas del veintidós de agosto del dos mil doce, a las doce horas del veintidós
de agosto del dos mil doce, a las trece horas del veintidós de agosto del dos
mil doce y a las diez horas del diecisiete de enero del dos mil trece, se
modifican las juntas directivas de las siguientes sociedades respectivamente: Quiticia
Gal Sociedad Anonima,
Ante mí, Pablo Arias González, notario con
oficina en Atenas, hago constar que el día quince de enero del dos mil trece, a
las siete horas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Monte
Luna Águila Crestada Sociedad Anónima, en la cual se revoca el nombramiento
de presidente, secretario y tesorero y se reforma la cláusula sexta del pacto
constitutivo.—Atenas, quince de enero del dos mil trece.—Lic. Pablo Arias
González, Notario.—1 vez.—RP2013335809.—(IN2013003583).
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez,
notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día
dieciocho de enero del dos mil trece, protocolicé acta de la empresa Ofibodegas
Biella Carrasca Treinta y Uno Limitada en la cual se modifica el domicilio
social, la cláusula de la administración y se realizan nuevos nombramientos de
gerentes. Ese mismo día protocolicé acta de las empresas Sostenedora Uve S.
A., y IESE Instituto de Especialización Secretarial S. A., en
las cuales se modifica la cláusula del domicilio.—San José, dieciocho de enero
del dos mil trece.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2013335811.—(IN2013003584).
Por medio de la escritura número ciento
veintiocho otorgada a las 13:00 horas del 18 de enero del 2013, ante el notario
público Gabriel Chaves Ledezma, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Comercial Plata NO CPN S. A., por medio de
la cual se acuerda disolver la sociedad.—Tamarindo, 18 de enero del 2013.—Lic.
Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—RP2013335812.—(IN2013003585).
En esta notaría se constituye la sociedad
denominada Comercial MO MO Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de
enero del dos mil trece.—Lic. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1
vez.—RP2013335814.—(IN2013003586).
Por escritura número ciento treinta y
uno-ocho, otorgada ante este notario en San José, a las nueve horas del once de
enero del dos mil trece, se realizó la protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas número doce de la sociedad Inversiones
de Cinema de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil cuatrocientos ochenta, en la cual se
acuerda reformar los estatutos sociales de la sociedad de la siguiente manera:
a) Modificar las cláusulas sexta, décima primera, y décima segunda del pacto
social de la sociedad, así como adicionar las cláusulas décima novena,
vigésima, vigésima primera y vigésima segunda al pacto social de la sociedad.—San
José, catorce de enero del dos mil trece.—Lic. Adrián Alvarenga Odio,
Notario.—1 vez.—RP2013335815.—(IN2013003587).
Por escritura de las 13:00 horas del 12 de
diciembre de 2012 otorgada ante esta notaria pública, se solicita se declare la
disolución de la sociedad Tomadachi Nippon Assoc Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2013.—Lic. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2013335816.—(IN2013003588).
Por escritura de las 13:15 horas del 12 de
diciembre de 2012 otorgada ante esta notaria pública se solicita se declare la
disolución de la sociedad Golden Pavilion Investments Sociedad Anónima.—San
José, 17 de enero del 2013.—Lic. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2013335817.—(IN2013003589).
Por escritura de las 13:00 horas del 21 de
noviembre de 2012, otorgada ante esta notaria pública, se modifica la cláusula
octava de los estatutos sociales referente a la administración de la junta
directiva de la sociedad. Se revocan los nombramientos de la junta directiva y
fiscalía y se procede a efectuar nuevo nombramiento. Se revoca nombramiento de
agente residente y se procede a realizar el nuevo nombramiento. Se otorga poder
especial.—17 de enero de 2013.—Lic. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2013335818.—(IN2013003590).
Por escritura número doscientos veinticuatro
de las diecisiete horas del diecisiete de enero del dos mil trece, otorgada
ante esta notaría, los señores Roberto Reginaldo Carranza y María Gabriela
Montalto Lorenzo, constituyen la sociedad denominada Vital Naturals S. A.
Domicilio: Pavas, Rohrmoser, condominio Monte Galán, casa número veinticuatro.
Objetivo principal: compra y venta de alimentos, concentrados y frutas.
Presidenta: María Gabriela Montalto Lorenzo.—San José, veintiuno de enero del
dos mil trece.—Lic. Rodolfo Montero Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2013335819.—(IN2013003591).
Ante esta notaría se constituyó mediante
escritura de las ocho horas del dieciséis de enero del año dos mil trece, la
sociedad G B Zafiro S. A.—San José, dieciséis de enero del dos mil
trece.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2013335820.—(IN2013003592).
José Antonio Bonilla Solano y Roxana Patricia
Abarca Mayorga constituyen la sociedad Bonilla & Abarca Soluciones
Creativas S. R. L. gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma.—Escritura otorgada en Desamparados, a las 15:00 horas del 19 de
enero del 2013.—Lic. Óscar E. Gómez Ulloa, Notario.—1
vez.—RP2013335822.—(IN2013003593).
Por protocolización otorgada el día de hoy
protocolicé actas de asambleas generales ordinarias y extraordinarias de
accionistas de las sociedades: (i) Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.
A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
noventa y nueve mil ochenta y cinco; (ii) Comercializadora Verde Esmeralda
S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos mil
setecientos cuatro; (iii) El Gallo Más Gallo de Alajuela S. A., con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setenta y cuatro mil ciento
cincuenta y cuatro; y (iv) El Gallo de San Isidro S. A., todas
celebradas el dieciséis de enero de dos mil trece; asambleas en las cuales se
aprobó el proyecto de fusión y se acordó fusionar las sociedades antes
mencionadas, prevaleciendo la sociedad El Gallo Más Gallo de Alajuela S. A.
de los acuerdos de fusión y de la reforma de la cláusula quinta mencionada se
publica el siguiente extracto: iv. Acuerdos. (.) (a) Aprobar el acuerdo de
fusión; (b) Fusión de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S. A., Comercializadora
Verde Esmeralda S. A., El Gallo Más Gallo de Alajuela S. A., y El
Gallo de San Isidro S. A. Mediante una fusión por absorción en la cual
prevalece El Gallo Más Gallo de Alajuela S. A. de conformidad con el
artículo doscientos veinte y siguientes del Código de Comercio de
Por resolución SGV-R-dos siete seis cinco de las
nueve horas quince minutos del catorce de enero del dos mil trece, mediante la
cual se desinscribe del Registro Nacional de Valores e Intermediarios el Fondo
de Inversión Inmobiliario Mutual Uno No Diversificado, administrado por
Mutual Sociedad de Fondos de Inversión Sociedad Anónima.—Alajuela, veintidós de
enero del dos mil trece.—Lic. Óscar Rodríguez Sánchez, Notario.—1
vez.—(IN2013003595).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario a las ocho horas treinta minutos del tres de enero de dos mil trece. Se
acordó la liquidación de la sociedad Arteseco Sociedad Anónima,
domiciliada en Heredia, inscrita en
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario a las ocho horas del tres de enero de dos mil trece. Se acordó la
liquidación de la sociedad Condominio Riomonte Sociedad Anónima,
domiciliada en Heredia, inscrita en
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario a las ocho horas del tres de enero de dos mil trece. Se acordó la
liquidación de la sociedad Condominio Riomonte Sociedad Anónima,
domiciliada en Heredia, inscrita en
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las ocho horas del seis de noviembre de dos mil doce, se acordó la
reforma de la cláusula tercera del objeto de la sociedad de la empresa Rodex
de Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en San José, cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento dos mil novecientos treinta y cuatro a partir de
la fecha del acuerdo.—Heredia, 7 de noviembre de 2012.—Lic. Rodrigo Antonio
Hernández González, Notario.—1 vez.—(IN2013003603).
He protocolizado acta de asamblea
extraordinaria, de la sociedad de esta plaza denominada M.A. Oro del
Aguacate S. A., el secretario renuncia y se nombra nuevo.—Coronado,
veintiuno de enero de dos mil trece.—Lic. Ligia Mora Quesada, Notaria.—1
vez.—(IN2013003605).
Mediante escritura número 51-3, de las 16:00
horas del 14 de enero del 2013, se constituyó la sociedad MTM Soluciones
Sociedad de Responsabilidad Limitada, gerente: David Villarreal Dau,
subgerente: William Andrés Arévalo Molina, domicilio social: San José,
Goicoechea, Calle Blancos, frente al Banco Nacional de Calle Blancos.—San José,
15 de enero del 2013.—Lic. Kendall David Ruiz Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2013003607).
Por escritura otorgada ante mí, a las once
horas del veintiséis de noviembre de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de Clever Times Sociedad de
Responsabilidad Limitada de las diez horas del ocho de noviembre de dos mil
doce, mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos.—Lic.
Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2013003608).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:30
horas del 16 de enero de 2013, protocolicé acta de asamblea general ordinaria
de accionistas de la sociedad Inversiones Robinson del Pacífico S. A.,
cédula 3-101-236319, de las 9:30 horas del 18 de diciembre de 2012, mediante la
cual se nombran nuevo gerente y agente residente.—Lic. Rolando González Calderón,
Notario.—1 vez.—(IN2013003609).
Por escritura otorgada ante mí a las once
horas treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil doce, protocolicé
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Think Quickly
Limitada de las diez horas del nueve de noviembre de dos mil doce, mediante
la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos.—Lic. Hernán Cordero
Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2013003610).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00
horas del 16 de enero del 2013, protocolicé acta de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas de la sociedad Vista Pacífica del Coco S. A.,
cédula 3-101-157313, de las 9:30 horas el 18 diciembre 2012, mediante la cual
se reforma la cláusula segunda de los estatutos.—Lic. Rolando González
Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2013003611).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00
horas del 16 enero 2013, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de cuotistas de la sociedad Whirlaway Ltda., cédula
3-102-490982, de las 9:00 horas el 18 de diciembre del 2012, mediante la cual
se reforma la cláusula segunda de los estatutos.—Lic. Rolando González
Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2013003614).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce
horas del veintiuno de enero del dos mil trece, se constituyó una sociedad
anónima denominada Chamuel Spa Sociedad Anónima. Capital social: diez
mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: en San José, Santa Ana,
Río Oro, Condominios Avalon, condominio AP-uno cero cuatro. Se nombró junta
directiva y fiscal. El presidente tendrá las facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Alajuela.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1
vez.—(IN2013003616).
Por escritura autorizada por la suscrita
notaria, a las quince horas del dieciséis de enero de dos mil trece, se ha
renovado junta directiva de la sociedad Rossy Tours, cédula jurídica
3-101-369952, se nombra presidenta a la señora Rosa Mayela Elizondo Araya,
cédula N° 6-217-386.—Puntarenas, 16 de enero de 2013.—Lic. Shirley Carrillo Angulo,
Notaria.—1 vez.—(IN2013003621).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas del veintiuno de enero del año dos mil trece, se reformó la
cláusula sétima del pacto social de Edjorka Sociedad Anónima, con cédula
jurídica tres-ciento uno-cero cuarenta mil ochocientos doce.—Puntarenas,
veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic. Jorge Luis Pinel Villalobos,
Notario.—1 vez.—(IN2013003623).
Licenciada Ana Isabel Fallas Aguilar, notaria
pública, con oficina abierta en Santa Ana, del Palí cien metros al este y
cincuenta metros al norte, informa que en asamblea general extraordinaria de
accionistas de Los Nanos del Oeste Sociedad Anónima con cédula jurídica
tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil ochocientos veinticinco, celebrada a
las 7 horas del 8 de setiembre del año dos mil doce, se modifica la cláusula
sétima: para que la representación judicial y extrajudicial con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma corresponda al presidente.—San José,
21 de enero del 2013.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1
vez.—(IN2013003625).
Licenciada Ana Isabel Fallas Aguilar, notaria
pública, con oficina abierta en Santa Ana, del Palí cien metros al este y
cincuenta metros al norte, informa que en asamblea general extraordinaria de
accionistas de Consulsasso y Asociados Sociedad Anónima con cédula
jurídica tres-ciento uno-287011, celebrada a las 9 horas del primero de marzo
del año dos mil once, se modifica la cláusula sétima: Para que la
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma corresponda al presidente y al secretario,
pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 21 de enero del 2013.—Lic.
Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2013003627).
Por escritura número cuarenta y ocho otorgada
ante esta notaría a las quince horas del veintiuno de enero del año dos mil
trece, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad
denominada Aita Group S. A., mediante la cual se reforma la cláusula
sexta relativa la administración y se establece la junta directiva actual.—San
José, veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic. Juan Carlos González Lavergne,
Notario.—1 vez.—(IN2013003648).
Ante esta notaría mediante escritura pública
número 266 de las doce horas del veintiuno de enero del dos mil trece se
constituyó la sociedad Los Cosmes del Pacífico Sociedad Anónima capital
suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Puntarenas, veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic.
Marleny Mendoza Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2013003650).
Por escritura otorgada en mi notaría a las
10:15 horas del día 23 de noviembre del 2011, se reformó las cláusulas primera
y sétima del acta constitutiva de la empresa Pambaan Inc. Sociedad Anónima,
cédula 3-101-334872, mediante la cual se le cambió el nombre a la compañía,
para que en lo sucesivo se denomine Gordon Chambers Inc. Sociedad Anónima.
Igualmente se reformó la junta directiva, quedando en lo sucesivo como
presidente el señor Liam Barnaby Chambers, como secretaria Marjorie Morales
Acosta, tesorera: Jessica Hannah Chambers, y fiscal Nicholas Maxime Chambers.
El presidente y la secretaria quedan con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—Heredia, quince de enero del dos mil trece.—Lic. Julieta
López Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2013003652).
Mediante escritura número 279, otorgada ante
esta notaría a las nueve horas del dieciocho de enero del 2013, se disuelve la
plaza social Representaciones Roqhuett de Cartago S. A. no
existen activos ni pasivos que distribuir, es todo.—Belén, 18 de enero del
2013.—Lic. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2013003656).
Ante esta notaría se disuelvan las siguientes
sociedades: 1) A las 7:00 horas del día 11 de diciembre del 2012 se disuelve Atlas
Domination Ltda., apoderados gerente uno y gerente dos; 2) A las 07:30
horas del día 11 de diciembre del 2012 se disuelve Aton Sense Ltda.,
apoderados gerente uno y gerente dos, 3) A las 07:45 horas del día 11 de
diciembre del 2012 se disuelve Bestar Express Ltda., apoderados gerente
uno y gerente dos; 4) A las 8:00 horas del día 11 de diciembre del 2012 se
disuelve Cape Fojador Ltda., apoderados gerente uno y gerente dos; 5) A
las 9:00 horas del día 11 de diciembre del 2012 se disuelve Caspian Gates
Ltda., apoderados gerente uno y gerente dos, 6) A las 09:15 horas del día
11 de diciembre del 2012 se disuelve Caspian Gates Ltda., apoderados
gerente uno y gerente dos; 7) A las 09:30 horas del día 11 de diciembre del
2012 se disuelve Easy Journey Ltda., apoderados gerente uno y gerente
dos; 8) A las 09:45 horas del día 11 de diciembre del 2012 se disuelve Globus
Confort Ltda., apoderados gerente uno y gerente dos; 9) A las 10:00 horas
del día 11 de diciembre del 2012 se disuelve Kedco Zone Ltda.,
apoderados gerente uno y gerente dos; 10) A las 10:15 horas del día 11 de
diciembre del 2012 se disuelve Kyoseran Evergreen Ltda., apoderados
gerente uno y gerente dos; 11) a las 10:30 horas del día 11 de diciembre del
2012 se disuelve Morning Star Dinamics Ltda., apoderados gerente uno y
gerente dos; 12) A las 10:45 horas del día 11 de diciembre del 2012 se disuelve
Portal of Karelia Ltda., apoderados gerente uno y gerente dos; 13) A las
11:00 horas del día 11 de diciembre del 2012 se disuelve Sidi Kacem Ltda.,
apoderados gerente uno y gerente dos; 14) A las 11:15 horas del día 11 de
diciembre del 2012 se disuelve Simple Alternatives Ltda., apoderados
gerente uno y gerente dos; 15) A las 11:30 horas del día 11 de diciembre del
2012 se disuelve Kyoseran Evergreen Ltda., apoderados gerente uno y
gerente dos; 16) A las 11:45 horas del día 11 de diciembre del 2012 se disuelve
Transsolar Cells Ltda., apoderados gerente uno y gerente dos, y 17) A
las 12:00 horas del día 11 de diciembre del 2012 se disuelve Vía Geoplay
Ltda., apoderados gerente uno y gerente dos. Todas con domicilio en San
José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum Uno.—San José, 11 de diciembre
del 2012.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1 vez.—(IN2013003668).
Por escritura número cero cero nueve, de las
quince horas del veintiuno de enero del dos mil trece, otorgada ante el notario
Fernando Fernández Delgado, iniciada al folio cero cero cuatro vuelto del tomo
once de su protocolo, constituyeron la sociedad denominada Proyecto
Ambiental Centroamérica Sociedad Anónima. Se nombra presidente, y junta
directiva.—Puriscal, veintidós de enero del dos mil trece.—Lic. Fernando
Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2013003669).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
dieciocho horas del diecisiete de enero del dos mil trece, protocolicé la
asamblea general extraordinaria de accionistas de DHL (Costa Rica) Sociedad
Anónima, celebrada a las diez horas del dieciocho de diciembre de dos mil
doce y mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social relativa
al capital social. En dicha reforma se procede de conformidad con lo
establecido por el artículo 30, inciso a) del Código de Comercio y se aumenta
el capital social que anteriormente era la suma de veintisiete millones quinientos
treinta y mil cincuenta y dos dólares, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América, a la suma de treinta y seis millones seiscientos veintiún
mil trescientos dos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América.—San José, veintidós de enero de dos mil trece.—Lic. Carlos Alberto
Monge Morales, Notario.—1 vez.—(IN2013003673).
Por instrumento público número 133-23
autorizado a las 11:00 horas de hoy, ante esta notaría, Grupo Consolidado
V&O S. A. y Luis Gamboa Arguedas constituyen la sociedad V&O Marino
Sociedad Anónima.—San José, 21 de enero del 2013.—Lic. Miguel Ruiz Herrera,
Notario.—1 vez.—(IN2013003684).
Por escritura pública número treinta y
nueve-uno otorgada ante mi notaría a las quince horas del veintisiete de
diciembre de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y
extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Dos-Cuatro Nueve Ocho Ocho Cinco
Uno S. R. L., con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos noventa y ocho mil ochocientos cincuenta y uno, mediante la
cual se acuerda la disolución por acuerdo de socios de dicha sociedad.—San
José, veintisiete de diciembre de dos mil doce.—Lic. German Eduardo Rojas Mora,
Notario.—1 vez.—(IN2013003686).
Ante el notario público José Antonio Reyes
Villalobos mediante escritura número uno otorgada en San José, a las nueve
horas del diez de enero de dos mil trece, se modificó el pacto constitutivo de
la sociedad de esta plaza Agropecuaria Río Cabagra del Sur Sociedad Anónima,
que en adelante se denomina Agropecuaria J & C Sociedad Anónima
visible al folio uno frente y dos frente al del tomo dos. Es todo.—San José, a
las catorce horas dieciséis minutos del día veintidós de enero de dos mil
trece.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2013003687).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas del veintitrés de noviembre del año dos mil doce, que es asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Macao Internacional
Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula segunda y se nombra nueva
junta directiva y fiscal, es todo.—San José, a las doce horas del veintidós de
enero del dos mil trece.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1
vez.—(IN2013003703).
Por escritura número ciento setenta y cinco
otorgada ante esta notaría a las nueve horas del catorce de enero de dos mil
trece, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas
de All in One Network Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada en
la que nombró nuevo gerente, se reformaron las cláusulas del domicilio y la
administración, se nombró nuevo agente residente y se otorgó poder
especial.—San José, veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic. José Alejandro
Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2013003704).
Mediante escritura pública otorgada en San
José a las quince horas del veinticinco de junio del año dos mil doce, ante el
notario público Eduardo Cordero Sibaja, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa denominada Servicios de Transportes
Marbis Jop Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-cuatrocientos cincuenta y siete mil ochocientos veintiocho, en la que se
acordó por unanimidad disolver la sociedad. Es todo.—San José, 28 de junio del
2012.—Lic. Eduardo Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2013003710).
Mediante escritura pública otorgada en San
José a las doce horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, ante el
notario público Eduardo Cordero Sibaja, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa denominada Equinox Soluciones de
Desarrollo J y R Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos setenta y tres mil doscientos cuarenta y seis. En
la que se acordó por unanimidad disolver la sociedad. Es todo.—San José, 28 de
junio del 2012.—Lic. Eduardo Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2013003711).
Mediante escritura pública otorgada en San
José, a las trece horas del veinticinco de junio del año dos mil doce, ante el
notario público Eduardo Cordero Sibaja, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa denominada Costa Rica Hydrofarms
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-doscientos noventa
y cinco mil ciento cincuenta y nueve, en la que se acordó por unanimidad;
disolver la sociedad. Es todo.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Eduardo
Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2013003713).
Mediante escritura pública otorgada en San
José, a las catorce horas del veinticinco de junio del año dos mil doce, ante
el notario público Eduardo Cordero Sibaja, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa denominada Herbal Farms. Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
tres mil quinientos treinta y cuatro, en la que se acordó por unanimidad
disolver la sociedad. Es todo.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Eduardo
Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2013003714).
Mediante escritura pública otorgada en San
José, a las doce horas del veinticinco de junio del año dos mil doce, ante el
notario público Eduardo Cordero Sibaja, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa denominada Four Point Shipping
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-seiscientos
diecisiete mil ochocientos treinta y siete, en la que se acordó por unanimidad
disolver la sociedad. Es todo.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Eduardo
Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2013003716).
Por escritura número doscientos dos otorgada
ante este notario a las trece horas del diecisiete de enero del dos mil trece,
se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Devonport Inc S. A. mediante la cual se acuerda modificar la
cláusula quinta de los estatutos sociales y nombrar nuevo secretario de la
junta directiva.—San José, veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic. Melvin
Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2013003740).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquive1
Jiménez, se otorgó la escritura número nueve de mi tomo veintisiete, se
protocoliza acta de disolución de la sociedad Palmitos
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquive1
Jiménez, se otorgó la escritura número siete de mi tomo veintisiete, se
protocolizó acta de disolución de la sociedad Paco & Ester S. A.—Santa
Ana, veintidós de enero del dos mil trece.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez,
Notario.—1 vez.—(IN2013003801).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquive1
Jiménez, se otorgó la escritura número seis de mi tomo veintisiete, se
protocolizó acta de disolución de la sociedad Distribuidora Miranda y
Montero S. A.—Santa Ana, veintidós de enero del dos mil trece.—Lic. Audrys Esquivel
Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2013003803).
Que el día 18 de enero de 2013 ante la
notaria pública Isabel María Vásquez Rojas, mediante escritura, número cinco
del protocolo primero, se acuerda disolver la sociedad Empresa Técnicas JDG
S. A., cédula jurídica número: 3-101-317241. Es todo.—San José, 22 de enero
de 2013.—Lic. Isabel María Vásquez Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2013003805).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito
notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general ordinaria de accionistas
de la sociedad Cafetalera el Patalillo Sociedad Anónima, mediante la
cual, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, y se nombra junta
directiva.—San José, veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic. Pablo Enrique
Guier Acosta, Notario.—1 vez.—(IN2013003814).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas
de Inversiones Lluvia Azul Sociedad Anónima, mediante la cual se
modifica la totalidad de las cláusulas del pacto constitutivo, para
transformarla en sociedad de responsabilidad limitada, se nombra gerente y
agente residente.—San José, veintitrés de enero de dos mil trece.—Lic. Rodrigo
Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—(IN2013003816).
En escritura pública número treinta del tomo
primero del protocolo del Lic. Cristian Guillermo Jiménez Barrantes, los
señores William Juárez Mendoza, cédula 5-265-415, y Jairo Andrés Juares
Carmora, cédula 1-1516-200, constituyen la sociedad anónima San Tierra
Estates Sociedad Anónima capital social de cien mil colones. Domiciliada en
Sámara centro, del Hotel Giada
En esta notaría, a las 8:30 horas del 21 de
enero del 2013, mediante escritura número 28 del tomo 5, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Industrias
Centinela S. A. con cédula jurídica número 3-101-27507, en la cual se
nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San Lorenzo de Flores,
Heredia, 21 de enero del 2013.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1
vez.—(IN2013003842).
En esta notaría, a las 16:00 horas del 19 de
enero del 2013, mediante escritura número 26 del tomo 5, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-557506 S. A.
con cédula jurídica número 3-101-557506, en la cual se acuerda por unanimidad y
con la totalidad del capital social disolver dicha sociedad. Cualquier
interesado que se considere afectado cuenta con 30 días desde esta publicación
para oponerse judicialmente a dicha disolución.—San Lorenzo de Flores, Heredia,
19 de enero del 2013.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1
vez.—(IN2013003845).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce
horas del veintidós de enero del dos mil trece, se constituyó la sociedad I.T.
Convergence Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente Dean Edmund
Welch. Capital social: diez mil colones exactos. Domicilio: San José. Plazo: 99
años.—San José, veintidós de enero del dos mil trece.—Lic. María Carolina Rojas
Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2013003846).
En esta notaría, a las 8:00 horas del 21 de
enero del 2013, mediante escritura número 27 del tomo 5, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Hotel Vesubio S. A.
con cédula jurídica número 3-101-133089, en la cual se nombra nueva junta
directiva, fiscal y agente residente.—San Lorenzo de Flores, Heredia, 21 de
enero del 2013.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—(IN2013003847).
Por escritura otorgada ante mí a las
dieciocho horas del dieciocho de enero del dos mil trece, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Grupo GAMV
Limitada en la cual se modificaron sus estatutos en la cláusula segunda del
domicilio social y sétima de la administración.—San José, dieciocho de enero
del dos mil trece.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1
vez.—RP2013335829.—(IN2013003964).
Ante esta notaría, por escritura número
noventa y siete-cuatro, otorgada a las dieciocho horas del primero de noviembre
del dos mil doce, se constituye la sociedad Corporación ZR del Norte
Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—Heredia, 2 de enero del 2013.—Lic. Mónica Bogantes Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP20133358848.—(IN2013003965).
Por este medio el suscrito notario hace
constar que a las diez horas del día dieciocho de enero del dos mil trece,
mediante escritura número doscientos diecisiete-dos otorgada en el tomo segundo
de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la
sociedad Ocean Pacific de Costa Rica Escrow Account Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y cuatro mil setecientos
veintinueve, en los que se modifica la cláusula segunda y la octava, de su pacto
constitutivo, cambiando el domicilio social y la forma de
administración.—Puerto Viejo, diecinueve de enero del dos mil trece.—Lic.
Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—RP2013335853.—(IN2013003966).
Por este medio el suscrito notario hace
constar que a las catorce horas del ocho de enero del dos mil trece, mediante
escritura número doscientos cinco-dos otorgada en el tomo segundo del protocolo
del suscrito notario, se constituyó una sociedad denominada:
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del veintiuno de enero del año en curso, se protocoliza acuerdos tomados
en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Sat Yoga
Ashram Sociedad Anónima, mediante el cual se reforma íntegramente los
estatutos de la empresa.—San José, 21 de enero del 2013.—Lic. Rodolfo Loría
Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2013335857.—(IN2013003968).
Por escritura número doscientos cincuenta y
nueve, del tomo número cinco de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San
José, a las once horas del día veintiuno de enero del dos mil trece, se
constituye la sociedad TCR Motorsport S. A., siendo este un nombre de
fantasía.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1
vez.—RP2013335861.—(IN2013003969).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del
11 diciembre 2012 se reforma cláusula 8 del pacto constitutivo de Conservas
Finca de Oro S. A., de la administración.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada,
Notario.—1 vez.—RP2013335863.—(IN2013003970).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
8:00 horas del 20 de diciembre del 2012 se constituyó la sociedad B & B
Publicidad S. A., capital social un millón de colones. Domicilio San Pablo
de Heredia, representada por su presidente Óscar Mario Brenes Villalobos,
cédula 4-0206-0627.—Heredia, 21 de enero del 2013.—Lic. Óscar Ramos Brenes,
Notario.—1 vez.—RP2013335868.—(IN2013003971).
Ante esta notaría el día diecisiete de enero
del dos mil trece se constituyó la sociedad denominada Wolkoff Sociedad
Anónima, representada por su presidente Jerald Wolkoff, capital social diez
mil colones, domiciliada en Monteverde de Puntarenas.—San José veinte de enero
del dos mil trece.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1
vez.—RP2013335869.—(IN2013003972).
Por escritura número doscientos cuarenta y
siete-veinte del tomo veinte de las nueve horas del veintidós de enero del dos
mil trece del notario Johnny Soto Murillo, se efectúa nombramiento de la junta
directiva y fiscal de la entidad Orgánica Verde S. A., se modifica el
artículo segundo del pacto constitutivo en cuanto al domicilio, se modifica
domicilio del representante legal.—San José, 22 de enero del 2013.—Lic. Johnny Soto
M., Notario.—1 vez.—RP2013335870.—(IN2013003973).
Hoy protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de El Dorado del Sol G. M S. A., donde se
acuerda su disolución.—Filadelfia, 18 de enero del 2013.—Lic. Roberto Paniagua
Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013335871.—(IN2013003974).
Hoy ante mí se protocolizó acta de la
sociedad denominada Instituto Latinoamericano de Español Sociedad Anónima
se reforma la cláusula primera, cambiando el nombre de la sociedad por Manais
S. A., que es nombre de fantasía. Se reforman las cláusulas: segunda del
domicilio social, tercera del objeto, quinta del capital social, octava de la
junta directiva y se crea la del agente residente, otorgada a las 15:00 horas
del 21 de enero de 2013.—Lic. Alfieri Cavallini Vargas, Notario.—1
vez.—RP2013335872.—(IN2013003975).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30
horas del día de hoy, protocolizo acta mediante el cual se acuerda la
disolución de la sociedad Proyectos y Realizaciones Pyrsa S. A., cédula
jurídica 3-101-485992.—San José, 21 de enero del 2013.—Lic. Juan Chow Wong,
Notario.—1 vez.—RP2013335874.—(IN2013003976).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa H
O L Y Asociados Sociedad Anónima, en
la cual se reforma la cláusula segunda de pacto social. Igualmente se nombra
junta directiva.—San José, 17 de enero de 2013.—Lic. Emilia Williams Aguilar,
Notaria.—1 vez.—RP2013335876.—(IN2013003977).
En mi notaría por escritura a las 11:00 horas
del 18 de enero del 2013, se protocolizó acta de la sociedad Grupo Villa
Quesada S. A, por la cual se modifica la cláusula quinta referente al
capital social, y se aumenta el capital social.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge
Corrales, Notario.—1 vez.—RP2013335877.—(IN2013003978).
Por escritura de las 12:30 horas, se
constituye la sociedad Yuniqiyu Inc. Sociedad de Responsabilidad Limitada,
y se nombra una gerente. Gerente: Janiene Elizabeth de único apellido Bignon.
Capital social 10.000,00 colones. Plazo social 99 años.—San Isidro de Pérez
Zeledón, 27 de diciembre de 2012.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1
vez.—RP2013335887.—(IN2013003979).
Que por escritura número 174, visible a folio
169 frente se acordó disolver la empresa denominada Quijote del Sur Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-173111. Visible en el tomo 20 del protocolo
del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la
empresa indicada.—Uvita de Osa, a las 8:00 horas del 17 de enero del 2013.—Lic.
Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013335888.—(IN2013003980).
Que por escritura número 173, visible a folio
168 vuelto se acordó disolver la empresa denominada Reserva Playa Tortuga de
Ojochal Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-524642. Visible en el tomo
20 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la
disolución de la empresa indicada.—Uvita de Osa, a las 8:00 horas del 17 de
enero del 2013.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—RP2013335889.—(IN2013003981).
Que por escritura número 176, visible a folio
169 vuelto, se modificó la cláusula sexta del pacto social, se nombró nuevo
gerente de Vehículo JJ Verde Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-102-523796. Visible en el tomo 20 del protocolo del notario
público.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 18 de enero del 2013.—Lic. Eduardo
Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013335890.—(IN2013003982).
En mi notaría por escritura otorgada en la
ciudad de Santa Ana a las 9:00 horas del 21 de diciembre del 2012, se
constituyó Inversiones Doña Milo T y M Sociedad Anónima. Capital
suscrito y pagado, presidente y secretaria con facultades de apoderados
generalísimos.—Santa Ana, 9 de diciembre del 2012.—Lic. Miguel Villegas Arce,
Notario.—1 vez.—RP2013335894.—(IN2013003983).
En esta notaría se ha protocolizado
disolución de sociedad Agrícola
Al ser las nueve horas del doce de enero del
dos mil trece, mediante la escritura cincuenta y nueve-seis, otorgada ante los
connotarios públicos Alexánder Elizondo Quesada y Emilce Umaña Atencio, se
constituyó la sociedad civil denominada Sociedad Civil Inversiones Hermanos
Marna del Sur, de la cual el administrador general y apoderado generalísimo
sin límite de suma es el señor Víctor Julio Martínez Navarro, cédula de identidad
número uno-cero cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero setenta y cinco.—San
Isidro de Pérez Zeledón, el día veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic.
Alexánder Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—RP2013335898.—(IN2013003985).
Por escritura número ciento treinta y dos,
del tomo 2, otorgada en esta notaría, a las 13:15 horas del 2 de diciembre del
año 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Credisiman
Sociedad Anónima, donde se nombra presidente, se modifica domicilio social,
se modifica lugar para reuniones junta directiva, se modifica lugar para
asambleas de accionistas, se otorga poder generalísimo sin límite de suma, se
nombra nuevo agente residente, se otorga poder general judicial.—Santa Ana, 2
de diciembre de 2012.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2013335903.—(IN2013003986).
Por escritura número ciento treinta y seis,
del tomo 2, otorgada en esta notaría, a las 14:15 horas del 2 de diciembre del
año 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Alsicorp
Sociedad Anónima, donde se nombra presidente, se modifica domicilio social,
se modifica lugar para reuniones junta directiva, se modifica lugar para
asambleas de accionistas, se otorga poder generalísimo sin límite de suma se
nombra agente residente, se otorgó poder general judicial.—Santa Ana, 2 de
diciembre de 2012.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2013335904.—(IN2013003987).
Por escritura número ciento treinta y tres,
del tomo 2, otorgada en esta notaría, a las 13:30 horas del 2 de diciembre del
año 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Eurotiendas
Sociedad Anónima, donde se nombra presidente, se modifica domicilio social,
se modifica lugar para reuniones junta directiva, se modifica lugar para
asambleas de accionistas, se otorga poder generalísimo sin límite de suma, se
nombra nuevo agente residente, se otorgó poder general judicial.—Santa Ana, 2
de diciembre de 2012.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2013335905.—(IN2013003988).
Por escritura número ciento treinta y cuatro,
del tomo 2, otorgada en esta notaría, a las 13:45 horas del 2 de diciembre del
año 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Intertiendas
Sociedad Anónima, donde se nombra presidente, se modifica domicilio social,
se modifica lugar para reuniones junta directiva, se modifica lugar para
asambleas de accionistas, se otorga poder generalísimo sin límite de suma, se
nombra agente residente, se otorgó poder general judicial.—Santa Ana, 2 de
diciembre de 2012.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2013335906.—(IN2013003989).
Por escritura número ciento treinta y cinco,
del tomo 2, otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 2 de diciembre del
año 2012, se protocolizo acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Hagamoda
Sociedad Anónima, donde se nombra presidente, se modifica domicilio social,
se modifica lugar para reuniones junta directiva, se modifica lugar para
asambleas de accionistas, se otorga poder generalísimo sin límite de suma, se
nombra agente residente, se otorgó poder general judicial.—Santa Ana, 2 de
diciembre de 2012.—Lic. Moisés Leonardo Vincenzi Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2013335907.—(IN2013003990).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del
7 de noviembre de 2012, ante el notario José Miguel Alfaro Rodríguez, se
constituyó la sociedad denominada Ganadera Nueva Caribe Esperanza Sociedad
Anónima, con domicilio en Coronado, San Isidro, del aserradero de San
Rafael
Por escritura otorgada ante el notario Carlos
Eduardo Mata Ortega a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la firma Diseñor
Tames Ureña Limitada.—Cartago, 18 de enero del 2013.—Lic. Carlos Edo. Mata
Ortega, Notario.—1 vez.—RP2013335909.—(IN2013003992).
Ante esta notaría, en San José, al ser las
catorce horas del dieciocho de enero del dos mil trece, se aumenta el capital y
se reforma la cláusula quinta de la sociedad Mesbla Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y tres
mil trescientos sesenta.—San José, 18 de enero del 2013.—Lic. Juan Carlos
Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2013335911.—(IN2013003993).
Por asamblea general extraordinaria de
socios, protocolizada en esta notaría hoy a las 16:00 horas de la compañía de
esta plaza denominada Landler Green S. A., en la que se reforma
estatuto.—San José, 21 de enero del 2013.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—RP2013335916.—(IN2013003994).
Por escritura otorgada ante mí, la sociedad Arome
et Melange Sociedad Anónima, reforma cláusulas segunda, octava del pacto
constitutivo. Se nombra presidente, tesorero, fiscal y agente residente.—San
José, ocho de enero del dos mil trece.—Lic. Ricardo Sossa Siles, Notario.—1
vez.—RP2013335918.—(IN2013003995).
Ante mí, Carlos Manuel Arroyo Rojas, se
reformó la cláusula quinta del pacto de constitución de la sociedad B Y
Jiménez Dos Mil Tres S. A.—Ciudad Quesada, veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic.
Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2013335920.—(IN2013003996).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
nueve horas del día dieciocho de enero del año dos mil trece, se reformaron
estatutos de Ilka Catering Service S. A.—Lic. Alejandro Campos Henao,
Notario.—1 vez.—RP2013335925.—(IN2013003997).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
nueve horas del día diecinueve de enero del año dos mil trece, se reformaron
estatutos de Real Oro Alfave S. A.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1
vez.—RP2013335926.—(IN2013003998).
Por escritura número veintisiete-uno,
otorgada ante los notarios públicos Soledad Bustos Chaves y Juan Manuel Godoy
Pérez, a las dieciocho horas del día dieciséis de enero de dos mil trece, se
protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de
la sociedad Andaman Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-447679; mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos
sociales.—San José, dieciséis de enero de dos mil trece.—Lic. Soledad Bustos
Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2013335927.—(IN2013003999).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Trescientos Noventa y Seis Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, la cláusula
octava de la administración.—Escritura otorgada a las diez horas treinta
minutos del veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic. Claudio Antonio Murillo
Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2013335928.—(IN2013004000).
Por escritura número veinticinco-uno,
otorgada ante los notarios públicos Soledad Bustos Chaves y Juan Manuel Godoy
Pérez, a las dieciséis horas del día dieciséis de enero de dos mil trece, se
protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de
la sociedad Andaman Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-446581; mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos
sociales.—San José, dieciséis de enero de dos mil trece.—Lic. Soledad Bustos
Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2013335929.—(IN2013004001).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cuarenta y Siete Mil Ochocientos Ochenta y Cinco Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforman las cláusulas tercera del objeto, sexta de las
acciones, noveno lugar donde se celebren las asambleas y su convocatoria,
décimo quórum de asambleas ordinarias, décimo primero quórum de asambleas
extraordinarias en primera convocatoria, décimo segundo quórum de asambleas en
segunda convocatoria y separación de las convocatorias, décima tercero forma en
que se llevarán las actas quórum de votación para las asambleas ordinarias y
extraordinarias y mayoría calificada, décimo quinta de la administración,
décimo sexto de las sesiones de junta directiva, décimo sétima quórum de
asistencia y votación para sesiones de junta directiva, décimo novena
representación judicial y extrajudicial y se adicionan las cláusulas vigésimo
sexta restricciones para la transferencia de las acciones, vigésimo sétima
aportes adicionales de capital. Escritura otorgada a las catorce horas del
veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1
vez.—RP2013335930.—(IN2013004002).
Por
escritura número veintiocho-uno, otorgada ante los Notarios públicos Soledad
Bustos Chaves y Juan Manuel Godoy Pérez, a las diecinueve horas del día
dieciséis de enero de dos mil trece, se protocoliza el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Ionian Corporation
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-475324; mediante la cual se reforma
la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de enero de
dos mil trece.—Lic. Soledad Bustos Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2013335931.—(IN2013004003).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Río Babel S. A.,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, la cláusula
décimo primera de la representación.—Escritura otorgada a las quince horas del
veintiuno de enero del dos mil trece.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1
vez.—RP2013335932.—(IN2013004004).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía Restaurantes
Internacionales Nicaragüenses Risa Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento dos mil trescientos ochenta y cinco, en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso d) del Código de Comercio.—Escritura otorgada a las nueve horas quince
minutos del veintidós de enero del dos mil trece.—Lic. Alejandra Baudrit Freer,
Notaria.—1 vez.—RP2013335933.—(IN2013004005).
Por escritura número veintiséis-uno, otorgada
ante los notarios públicos Soledad Bustos Chaves y Juan Manuel Godoy Pérez, a
las diecisiete horas del día dieciséis de enero de dos mil trece, se
protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de
la sociedad Midlothian Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-511889; mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos
sociales.—San José, dieciséis de enero de dos mil trece.—Lic. Soledad Bustos
Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2013335934.—(IN2013004006).
Pascale Chambolle-Tournón Hickson y Alexia
Beatrice Brule Chambolle Tournón constituyen sociedad anónima que se denominará
Mont-Brulé Sociedad Anónima.—Escritura otorgada a las once horas
cuarenta minutos del catorce de enero del dos mil trece.—Lic. Alejandra Baudrit
Freer, Notaria.—1 vez.—RP2013335935.—(IN2013004007).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ref: 30/2012/6780.—Banco BAC San José S. A.
c/.—Banco Agrícola S. A.—Documento: Cancelación por falta de uso (Banco BAC San
José S. A. (“BAC”).—N° y fecha: Anotación/2-77041 de 06/02/2012.—Expediente:
2003-0001466, Registro Nº 140370 PC-BAC en clase 36 Marca Mixto.—Registro de
SUCURSAL
DE CIUDAD COLÓN
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La suscrita Violeta Rodríguez Villalta,
Administradora de
Los períodos notificados anteriormente que ya
poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este
aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.
|
NÚMERO PATRONAL |
RAZÓN SOCIAL |
PERIODO |
MONTO ADEUDADO |
|
2-03101332286-01-001 |
CORPORACIÓN LLANTAS BRASILEÑAS LLAMBRA S.A |
|
¢573.905,00 |
|
2-03101029328-002-001 |
EL BOSQUE DEL RÍO SOCIEDAD ANÓNIMA |
|
¢1.453.458,00 |
|
0-00107470069-001-001 |
JAVIER ANTONIO JIMÉNEZ UGALDE |
|
¢566.204,00 |
|
0-00107100638-001-001 |
MANUEL BOLAÑOS HIDALGO |
|
¢330.579,00 |
|
0-00900010352-002-001 |
JUAN LUIS GUERRERO PARRA |
|
¢271.629,00 |
|
0-00104111023-997-001 |
CARLOS CARPIO MONGE |
SM 08/08, 04/09, 05/10,01 y 02/1 2 |
¢419.883,00 |
|
0-00104111023-997-001 |
CARLOS CARPIO MONGE |
T.I 04/2008 A 10/201 2 |
¢1.028.825,00 |
|
0-00108970887-001-001 |
KUPKA CURLING HENRYK |
|
¢249.608,00 |
|
2-03101410303-01-001 |
T S C G TODO SERVICIO
PARA |
AD 08/201 2 |
¢1.326.565,00 |
|
2-03101358698-001-001 |
PAVITODO DE SANTA ANA SA |
|
¢420.748,00 |
|
0-00701160404-001-001 |
PLUMER ARAYA MARLON BENJAMÍN |
T.I 06 /12a 01/13 |
¢282.355,00 |
|
0-00701160404-999-001 |
PLUMER ARAYA MARLON BENJAMÍN |
05a 11/2012 |
¢75.757,00 |
|
2-03101542941-001-001 |
SAMESA ELEVADORES SOCIEDAD ANÓNIMA |
|
¢1.158.877,00 |
|
2-03102444398-001-001 |
JABONES COCO RICO LIMITADA |
AD 01/201 2 |
¢340.413,00 |
|
2-03101498964-001-001 |
CINE RED S.A |
10 y 11/2012 |
¢537.132,00 |
Violeta Rodríguez Villalta, Jefa.—(IN2013003459)
COLEGIO
DE PROFESIONALES EN CIENCIAS
ECONÓMICAS DE
COSTA RICA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
De
conformidad con el artículo Nº 241 de
|
Nº |
Carné |
Nombre |
Cuotas |
|
1 |
023059 |
Alvarado Bonilla Laura |
14 |
|
2 |
022825 |
Alvarado Hernández Francisco |
13 |
|
3 |
009851 |
Amador Jiménez Luis Esteban |
11 |
|
4 |
023818 |
Araya Herrera Olga Virginia |
11 |
|
5 |
027585 |
Araya Méndez Jairo |
14 |
|
6 |
014967 |
Barboza Chinchilla Luis Alberto |
9 |
|
7 |
022252 |
Barboza Rodríguez Catalina |
13 |
|
8 |
015843 |
Bolaños Fernández Vera Patricia |
15 |
|
9 |
023360 |
Bonilla Cruz Randall |
14 |
|
10 |
012726 |
Brenes Elizondo Raúl Martin |
15 |
|
11 |
017720 |
Cajiao Campos Luis Mariano |
12 |
|
12 |
025440 |
Camacho Centeno William |
10 |
|
13 |
025739 |
Campos Salazar Maycol Dany |
10 |
|
14 |
017208 |
Campos Tioli Ana María |
12 |
|
15 |
013253 |
Campos Zúñiga Seidy Lucrecia |
14 |
|
16 |
008632 |
Carvajal Rubí Damaris Mirania |
15 |
|
17 |
027834 |
Castro Quesada Ana Catalina |
13 |
|
18 |
012169 |
Céspedes Rodríguez Juan Ramón |
11 |
|
19 |
026248 |
Chavarría Salazar Jonathan Gustavo |
11 |
|
20 |
014760 |
Cole Brown Priscila |
11 |
|
21 |
015156 |
Cruz García Norma Carmen |
9 |
|
22 |
019762 |
Díaz Jaén Mayela |
10 |
|
23 |
028308 |
Fallas Lara Graciela |
10 |
|
24 |
002002 |
Fernández Piedra Giselle |
13 |
|
25 |
015263 |
Fontalvo Miranda Luz Marina |
14 |
|
26 |
024844 |
Gamboa Acuña Kenia María |
11 |
|
27 |
001657 |
García Quirós Enrique Alberto |
14 |
|
28 |
001758 |
Grey Pérez Jeannette |
13 |
|
29 |
015024 |
Lacayo Zamora José Emilio |
12 |
|
30 |
012183 |
Letford Álvarez Deborah de los Ang. |
10 |
|
31 |
015091 |
Loban Montano Marcos Roberto |
12 |
|
32 |
013818 |
Martínez Guevara Johnny Antonio |
13 |
|
33 |
006218 |
Marín Carvajal Edgar |
14 |
|
34 |
004966 |
Mata Solano Patricia |
10 |
|
35 |
028124 |
Mena Rojas Octaviano |
12 |
|
36 |
027566 |
Mohr Garro Jonathan |
14 |
|
37 |
027737 |
Morales Jiménez Reinaldo |
14 |
|
38 |
027293 |
Paniagua Gómez Ignacio José |
14 |
|
39 |
018466 |
Pérez Salazar Juan Carlos |
10 |
|
40 |
022071 |
Picado Pomart Gabriel |
10 |
|
41 |
019851 |
Porras Vega Irene María |
13 |
|
42 |
025850 |
Quesada Arguedas Liliana |
10 |
|
43 |
004942 |
Quesada Salazar José Luis |
15 |
|
44 |
021326 |
Rodríguez Chavarría Karol |
15 |
|
45 |
026897 |
Rodríguez Elizondo Marvin |
13 |
|
46 |
025821 |
Rodríguez Fonseca Yorleni |
13 |
|
47 |
008615 |
Ruiz Cambronero Amado Alberto |
11 |
|
48 |
003008 |
Saavedra Reyes Marco Antonio |
13 |
|
49 |
027350 |
Sánchez Chavarría Marianela |
15 |
|
50 |
021992 |
Sancho Rueda Marco Antonio |
15 |
|
51 |
008890 |
Segura Giro Mauricio |
10 |
|
52 |
019626 |
Segura Vargas José María |
12 |
|
53 |
012811 |
Solís Ruiz Horacio |
10 |
|
54 |
026580 |
Soto Araya Luis Fernando |
14 |
|
55 |
000748 |
Soto Bolaños Marta Eugenia |
11 |
|
56 |
012004 |
Torres Mendoza Giovanni Gerardo |
10 |
|
57 |
010459 |
Valverde Chavarría María Gabriela |
11 |
|
58 |
027557 |
Vargas Rodríguez Jessica |
14 |
|
59 |
009017 |
Vargas Torrentes Vilma Rosa |
13 |
|
60 |
014820 |
Vásquez Vargas Carlos Alberto |
14 |
|
61 |
025714 |
Vega Porras Ronald |
14 |
|
62 |
021984 |
Villamizar Rodríguez Mario Andrés |
11 |
En ese sentido, le permitimos informar que
para levantar la condición de suspensión se debe cancelar el monto que tiene pendiente
o realizar un arreglo de pago. Para mayores detalles se puede comunicar a